¿Por qué es la foto del día?
Estos días la indignación no era pequeña por una multa que recibía un usuario de Instagram por subir un fotomontaje en el que colocaba su cara en una imagen de Jesucristo. Ha sido condenado a pagar 480 euros por un delito contra los sentimientos religiosos. Y la sentencia inicial era peor aún: 2.160 euros o 180 días de prisión en caso de impago.
En ese caso, algunos usuarios de redes sociales, y recoge el blog Tremending de Público, han recordado que personajes célebres, como los periodistas que colaboran en Herrera en la Cope, hicieron lo mismo en diciembre de 2017, preparándose para las fiestas de Navidad. Sus caras ocupaban diferentes personajes del Belén, desde Jesucristo, María, San José, o los ángeles. Claro que en su día también trajó cola, pero a otras personas que ven en estas representaciones una blasfemia. En ese caso, Carlos Herrera, que compartió la imagen por Twitter, recibió comentarios halagando la cómica idea, y otros que se sorprendían que "alguien como él" blasfemara de tal forma. Sí, hay gente para todo.
Sin embargo, el chico que hizo el montaje en Instagram tiene que pagar una multa. Claramente, nadie debería recibir una sanción de ese tipo por estas imágenes. El problema está en dos puntos: uno es la interpretación de los "actos", ¿por qué considerar delito a uno y a otro no? ¿Por presuponer quiénes son religiosos o quiénes no? ¿O quiénes querrían ofender y quiénes no? Evidentemente, no pediríamos que se multara a Herrera ni a la cadena, sino a nadie. El segundo, está en la persecución totalmente azarosa y con ánimo de disciplinar y atemorizar (digamos aterrorizar, para que se parezca más a la palabra "terrorismo" de Estado) a la población con estas penas ejemplares. La Ley Mordaza parecía que no nos iba a afectar nunca, que sólo era para yihadistas o miembros de ETA, ¿verdad? Pues resulta que no.