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El nuevo complemento en las pensiones para quienes se jubilan de forma anticipada: requisitos y plazos

Las personas que optan por la jubilación anticipada tienen derecho a cobrar un complemento creado para recompensar las desigualdades de la nueva ley.

El nuevo complemento en las pensiones para quienes se jubilan de forma anticipada: requisitos y plazos

La jubilación anticipada ha sufrido cambios desde que se ha aplicado la 'reforma Escrivá' de las pensiones, que modificó los coeficientes reductores a los que se someten las pensiones con el objetivo de recortarlas para compensar el adelanto de la jubilación. Se trata de reducciones que son, en la mayoría de los casos, menores a las anteriores, salvo en supuestos en los que se desea incentivar, con meses de anticipo o los meses anteriores a la jubilación ordinaria.

Las nuevas reducciones crean diferencias con los trabajadores que se jubilaron de forma anticipada en los años anteriores. Se trata de personas que anticiparon su jubilación con otras condiciones muy diferentes. La nueva normativa no ha ignorado esta realidad y responde con una compensación que recompensa a aquellas personas que puedan verse perjudicadas por las nuevas reducciones en comparación con los nuevos jubilados anticipados.

Esta propuesta aparece recogida en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, en la que se incluyen los nuevos coeficientes reductores de la pensión en las jubilaciones anticipadas. En su disposición adicional primera se reconoce el abono de un complemento a la pensión de los trabajadores que se jubilaron de forma anticipada en las dos últimas décadas y que, pese a contar con carreras de larga duración, no tuvieron una pensión de gran cuantía.

Se trata de un complemento cuya cuantía se obtiene al calcular la diferencia "entre la cuantía resultante de aplicar a la pensión inicial los coeficientes reductores previstos en esta norma y la pensión inicialmente reconocida", según indica la ley. El pago es la diferencia entre lo que cobran y lo que deberían cobrar tras la aplicación de la denominada 'reforma Escrivà'.

Se trata de un complemento que se abona de forma mensual y se integra en la pensión de jubilación, por lo que tendrá la "naturaleza de pensión de jubilación y se integrará en la misma a todos los efectos", según informa la ley. Por ello, tal y como sucede con las pensiones de jubilación, se recibirá en 14 pagas.

Requisitos

Aquellas personas que vayan a cobrar este complemento para su pensión deben cumplir con una serie de requisitos que se encuentran explicados en esta ley.

  • Haber accedido a la jubilación anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021
  • Tener una carrera de al menos 44 años y seis meses de duración o que, con una carrera de al menos 40 años, tengan una pensión de al menos 900 euros mensuales.
  • Es indispensable acreditar que cobran una pensión inferior comparada con la que tendrán de aplicárseles los coeficientes reductores.

Plazos

A pesar de que se reconoce este complemento y que se integra en la pensión de jubilación, su cobro no es indefinido, al menos por el momento. El motivo es que el Gobierno se ha dado un plazo de un año desde la entrada en vigor de la norma para evaluar la eficacia de la medida.

La ley indica que es tarea del Gobierno la elaboración de un informe en el que se recoja el impacto del complemento y, en caso de obtener un dictamen negativo, "la relación de medidas y cambios legislativos a aprobar", según detalla la disposición adicional segunda de la ley.

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