La declaración de la renta ha comenzado el 6 de abril. Esta noticia interesará especialmente a las personas con una vivienda en alquiler ya que, si cumplen una serie de requisitos, podrán desgravarse parte de ese gasto.
¿Cuáles son los requisitos para desgravar el alquiler de la declaración de la renta?
Según ha informado el Gobierno, solo podrán desgravarse los alquileres firmados antes del 1 de enero de 2017 o con ampliación de los mismos. Con esto, aquellas personas que hayan firmado un contrato en vez de prorrogar uno antiguo podrán descontar una parte de su alquiler.
Otro de los requisitos para esta desgravación es no superar el nivel de ingresos en la base liquidable general o en la base liquidable del ahorro. Este apartado específico se encuentra en las casillas 562 y 563 de la renta.
Por otro lado, el arrendador de la vivienda alquilada debe incluir en la declaración de la renta las rentas que recibe por el alquiler de la casa. Estas rentas figuran como rendimientos de capital inmobiliario.
¿De cuánto es la desgravación en el alquiler?
La cantidad de desgravación dependerá, en primer lugar, de la región, ya que cada una establecerá distintas condiciones dentro de las generales proporcionadas por el Gobierno. Por ello habrá, por una parte una deducción del alquiler a nivel estatal y, por otra, a nivel comunitario.
La deducción estatal será progresiva en función de los ingresos. La desgravación será del 10,05% del alquiler sobre una base mínima de 9.040 euros anuales. Es decir, como mucho las personas que cumplan este requisito podrán deducir 904 euros al año de lo pagado de alquiler.
En cuanto al máximo de deducción que puede hacerse sobre el precio del alquiler, solo será accesible para las personas con una base imponible inferior a 17.707,2 euros. Por otro lado, si la base imponible es superior a los 24.107,2 euros no se desgravará nada.
¿Cómo es la deducción a nivel regional?
Dependiendo de dónde se encuentre, cada ciudadano obtendrá una desgravación diferente del alquiler en la declaración de la renta 2021. En la Comunidad de Madrid la deducción será de un 30% del alquiler y de un máximo de 1.000 euros. En la Comunidad Valenciana, en cambio, la deducción será del 15% del alquiler con un máximo de 550 euros.