El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley con el que contempla una ayuda de 200 euros que beneficiará a trabajadores, autónomos y desempleados con rentas bajas. Es una de las propuestas que el Gobierno de España ha incluido en sus medidas anticrisis.
¿De qué se trata?
Se trata de un único pago con el que beneficiará a 2,7 millones de personas, según ha estimado el Gobierno de España. Será de un cheque de 200 euros destinado a asalariados, autónomos y desempleados inscritos en oficinas de empleo, que incrementará en 540 millones la renta de 2,7 millones de personas. La solicitud se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico destinado para ello, que se pondrá a disposición hasta el 30 de septiembre de 2022.
¿Quiénes se benefician?
Se podrán beneficiar de esta ayuda quienes vivan en hogares en los que la suma de las rentas de los residentes no supere los 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio, descontada la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros. La ayuda podrá solicitarse a partir del mes de julio.
Todos los beneficiarios de la ayuda deberán tener residencia legal y efectiva en España, en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley, así como haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior a dicha fecha.
¿A quiénes excluye?
El BOE, publicado el domingo, excluye de la ayuda a las personas que cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Con todo ello, esta medida contempla medidas concretas para este tipo de colectivos, como prorrogar el incremento del 15% en el Ingreso Mínimo Vital o las pensiones no contributivas, que supone incrementos anuales superiores a los 200 euros.
En el caso de las pensiones contributivas, el Gobierno ya garantiza el incremento que seguirá la línea de la inflación, con el objetivo de que los ciudadanos no pierdan poder adquisitivo en el contexto actual.
¿Quién lo gestiona?
Esta ayuda estará gestionada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, según ha explicado el Ministerio de Hacienda y Función Pública. Los beneficiarios tendrán que presentar una solicitud previa a dicha agencia antes del 30 de septiembre una vez entre en vigor la citada ayuda y reunir la documentación requerida en función de los requisitos previamente establecidos.
¿Cómo recibiré la ayuda?
La ayuda señalada se abonará mediante transferencia bancaria. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud se dará por desestimada. Contra dicha desestimación, se podrá interponer un recurso de reposición y reclamación económico-administrativa, en los términos previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.