La inflación que caracteriza al contexto económico actual va a hacerse aún más evidente en las facturas que recibamos una vez el frío empiece a atacar. Un estudio del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) ha afirmado que el mayor gasto energético de las viviendas procede de la climatización del hogar, especialmente por la calefacción, que puede llegar a suponer hasta un 71% de la factura.
Ante esto, desde la OCU se ha estimado que un mejor aislamiento de las ventanas podría reducir el gasto de luz en un 20% y con un aislamiento térmico general hasta un 60% en algunos casos.
El Plan de Recuperación ha establecido una serie de ayudas para mejorar la eficiencia energética que, dadas la circunstancias de crisis, están siendo muy atractivas.
Cómo conseguir estas ayudas
Las ayudas están circunscritas a la sustitución de ventanas en vivienda habitual o en aquellas destinadas al alquiler de vivienda habitual.
Existen dos tipologías, ambas compatibles, que podrán suponer hasta lo mitad de lo invertido en función del presupuesto y el alcance de la obra: la subvención directa y las deducciones fiscales.
Subvención directa
Estas ayudas son competencia de las comunidades autónomas. El Plan de Recuperación afirma que con un buen sistema de ventanas que supere el requisito del Código Técnico de la Edificación (CTE) que es de 1,8W/m2K, se puede llegar a acceder a una ayuda a fondo perdido que pueda representar hasta el 40% de la inversión realizada y un máximo de 3.000 euros.
Para acceder a esta ayuda,la inversión mínima ha de ser superior a los 1.000 euros por vivienda, que no tributan en el IRPF.
La documentación que se requiere es:
- Formulario de solicitud (cada autonomía tiene el suyo)
- Documento acreditativo de la propiedad de la vivienda o el contrato de alquiler
- Acuerdo de Representación, si se opta por pedir ayuda a un gestor energético
- Certificado de Eficiencia Energética anterior y posterior a la actuación
- Descripción de las ventanas y justificación del cumplimiento del Código Técnico de Edificación (CTE)
- Presupuesto detallado (IVA, mediciones, materiales, mano de obra...)
- Declaración responsable
- Plano del emplazamiento
- Fotografías de las fachadas a color anterior y posterior a la reforma
- Empadronamiento
- Facturas y justificantes de pago de la obra realizada
Deducciones fiscales
El Real Decreto - Ley 19/2021 exige que se alcance una reducción de la demanda energética de calefacción y refrigeración de, al menos, el 7%. En este punto, el cambio de ventanas suele bastar para cumplir con este requisito aunque para acreditarlo hace falta el Certificado de Eficiencia Energética correspondiente.
Si se da este caso, la deducción en el Impuesto de la Renta puede alcanzar un 20% de lo invertido hasta un máximo de 5.000 euros. Es decir, la reducción sería de 1.000 euros.
Es importante tener en cuenta que las ayudas directas no tributan en el IRPF, pero se reduce el importe de la inversión que puede ser deducible.
Las peticiones se irán gestionando por orden de solicitud hasta que se agoten los fondos previstos. Si no se agotan, se han fijado algunas fechas como límite para pedir estas ayudas: Comunidad de Madrid finalizan el 30 de junio de 2023, en Castilla - La Mancha el 31 de diciembre de 2023, en Galicia vencerían el 31 de diciembre en Navarra y en la Región de Murcia se pueden solicitar hasta el 31 de julio de 2024.