Iñaki Urdangarin recurre al Tribunal Constitucional su condena de cinco años y diez meses de prisión por el caso Nóos. Pide su excarcelación de la prisión de mujeres de Brieva, Ávila, mientras se estudia el caso. Apela a la presunción de inocencia para pedir estar fuera de la cárcel mientras se investiga su culpabilidad.
El pasado 5 de noviembre, el marido de la infanta Cristina mandó el recurso al que ha tenido acceso Europa Press y en el que pide que se le retire la condena por malversación de dinero público, uno de los delitos de los que se le acusó.
En el escrito, el exduque de Palma argumenta que la suspensión de su condena "no ocasiona perturbación grave a un interés constitucional protegidos, ni a los derechos fundamentales o libertades públicas de otra persona (...) Su denegación sólo puede causar un perjuicio irreparable". Además pide una reducción de condena a menos de cinco años, por lo que parece que pretende apelar al límite mediante el cual el tribunal de garantías suele suspender las condenas.
Los abogados de Urdangarin consideran injusto que su cliente esté cumpliendo la pena del Supremo que suponía un total de años en prisión que no le permitían acceder a ningún beneficio penitenciario.
Urdangarin apela a la presunción de inocencia
La condena que mantiene a Iñaki Urdangarín en la cárcel desde el pasado 18 de junio compende tráfico de influencias, fraude a la Administración, dos delitos fiscales, prevaricación y malversación, pero el exduque sólo pide anular este último, del que se supone que no se considera responsable.
Los abogados solicitan que se declaren vulnerados los derechos de su cliente a la presunción de inocencia, la tutela judicial efectiva y la libertad personal, sobre todo con respecto a la sentencia de malversación de caudales públicos de la Audiencia balear y el Tribunal Supremo.
La pena consideraba "que Urdangarin tuvo una influencia decisiva prevalíendose de esa íntima relación de amistad y de su posicionamiento institucional", pero "en ningún pasaje de la sentencia, ni de las actuaciones" se concreta "intervención personal alguna mínimamente explicitada" necesaria para ser condenado por malversación.
Los abogados destacan que el tribunal no declaró los hechos concretos punibles para esta pena: "La Sala describe conclusiones, no concreta ni relaciona hechos o actos del acusado que, en un devenir lógico-deductivo, explicarían aquéllas".
La defensa ya intentó suspender la condena por malversación por carecer de "base material lógica", tener contradicciones y conclusiones predeterminadas, pero el pasado 25 de septiembre fue el Tribunal Supremo quien desestimó este recurso.