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La UE insta a la despatologización de la transexualidad y al fin a de las 'terapias' de conversión

El Parlamento Europeo ha conseguido aprobar un informe sobre los derechos fundamentales en la Unión refiriéndose también al colectivo LGTBI.

Con un retraso importante, el Parlamento Europeo ha conseguido aprobar este pasado 1 de marzo de 2018 el informe sobre los derechos fundamentales en la Unión de 2016. 

El texto por fin se refiere a la situación de la población LGTBI al completo y pide a los países miembros que apliquen todas las medidas oportunas para acabar con la discriminación y con la LGTBIfobia al mismo tiempo que pide que se legisle en favor de una igualdad real y de equiparación de derechos.

El informe insta a los paises de la Unión Europea en la necesidad del reconocimiento de las uniones entre personas del mismo sexo y hace énfasis en la despatologización de la transexsualidad y en la prohibición inmediata de las terapidas reparadoras de la orientación sexual.

Lo que dice el informe del Parlamento Europeo

La Unión Europea, por los derechos LGTBI
"La Unión Europea, por los derechos LGTBI"

Fue el 6 de julio de 2017 cuando se anunció en sesión plenaria del Parlamento Europeo la presentación del informe sobre la situación de la ciudadanía en relación a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea durante el 2016. No ha sido, sin embargo, hasta el 1 de febrero de este 2018 cuando se ha uniciado el proceso de aprobación en la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior que, tras las enmiendas oportunas, dio su respaldo el día 13 del mismo mes. Tras presentarse el informe a debate en la sesión plenaria del Parlamento del 28 de febreto, finalmente fue sometido a votación el primero de marzo.

El texto aborda asuntos como  los derechos de inmigrantes y refugiados, la protección a la infancia, la igualdad entre hombres y mujeres o la lucha contra la discriminación de las minorías. En este último asunto hace referencia al colectivo LGTBI explicando lo siguiente a lo largo de varios artículos.

59. Anima a incluir la educación sobre los valores de la tolerancia en los planes de estudios escolares para dotar a los niños de los instrumentos que necesitan para identificar todas las formas de discriminación, con independencia de que se dirija contra los musulmanes, los judíos, los africanos, la población romaní o las personas LGBTI o contra cualquier otra minoría.

60. Pide a la Comisión que comparta las mejores prácticas de los Estados miembros para abordar los estereotipos de género en la escuela.

61.  Lamenta que las personas LGBTI sean víctimas de acoso e intimidación y sufran discriminación en diferentes aspectos de sus vidas.

62.  Condena todas las formas de discriminación contra las personas LGBTI; anima a los Estados miembros a que adopten leyes y políticas de lucha contra la homofobia y la transfobia.

63. Anima a la Comisión Europea a que presente un programa que garantice la igualdad de derechos y oportunidades de todos los ciudadanos respetando las competencias de los Estados miembros, y a que supervise una transposición y aplicación adecuadas de la legislación de la Unión relativa a las personas LGBTI; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que trabajen en estrecha cooperación con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan a favor de los derechos de las personas LGBTI.

La Unión Europea lamenta la discriminación hacia el colectivo LGTBI
"La Unión Europea lamenta la discriminación hacia el colectivo LGTBI"

64. Insta a los Estados miembros que han adoptado legislación relativa a las uniones y/o los matrimonios del mismo sexo a que reconozcan las normas adoptadas por otros Estados miembros con efectos similares; recuerda la obligación de los Estados miembros de aplicar en su totalidad la Directiva 2004/38/CE, incluidas las parejas del mismo sexo y sus hijos; acoge con satisfacción que cada vez más Estados miembros hayan introducido o adaptado sus leyes sobre cohabitación, unión civil y matrimonio para superar las discriminaciones basadas en la orientación sexual que han sufrido las parejas del mismo sexo y sus hijos, y pide a otros Estados miembros que introduzcan una legislación similar; insta a la Comisión a que presente una propuesta para el reconocimiento mutuo pleno de los documentos acreditativos del estado civil en toda la Unión que incluya el reconocimiento jurídico de género, los matrimonios y las uniones de hecho registradas, a fin de reducir las trabas administrativas y jurídicas discriminatorias a las que se enfrentan los ciudadanos a la hora de ejercer sus derechos a la libre circulación.

65.  Acoge con satisfacción las iniciativas por las que se prohíben las terapias de conversión LGBTI y se prohíbe la patologización de las identidades trans e insta a todos los Estados miembros a que adopten medidas similares que respeten y apoyen el derecho a la identidad de género y la expresión de género.

66.  Lamenta que las personas transgénero sigan siendo consideradas enfermas mentales en la mayoría de los Estados miembros y pide a estos Estados que revisen sus clasificaciones nacionales de los trastornos mentales y que desarrollen modelos alternativos de acceso exentos de estigma, garantizando al mismo tiempo que todas las personas transexuales puedan acceder al tratamiento médico necesario; lamenta el hecho de que, en la actualidad, varios Estados miembros sigan imponiendo a las personas transgénero requisitos, como la intervención médica para que se reconozca su cambio de género (también en los pasaportes y documentos de identidad oficiales) y la esterilización forzosa como condición para la reasignación de género; señala que estos requisitos constituyen claramente violaciones de los derechos humanos; pide a la Comisión que oriente a los Estados miembros sobre los mejores modelos de legislación en materia de reconocimiento del género de Europa; pide a los Estados miembros que reconozcan el cambio de género y faciliten el acceso a procedimientos de reconocimiento legal de género rápidos, accesibles y transparentes, sin requisitos médicos como la cirugía, la esterilización o el consentimiento psiquiátrico.

67. Acoge con satisfacción la iniciativa demostrada por la Comisión al promover que la identidad transgénero deje de considerarse una patología en el marco de la revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) de la Organización Mundial de la Salud; pide a la Comisión que redoble los esfuerzos dirigidos a evitar que la inconformidad de género en la infancia se convierta en un nuevo diagnóstico de la CIE.

Por la despatologozación de la transexualiad
"Por la despatologozación de la transexualiad"

68. Pide a la Comisión que recopile datos sobre, y que oriente a los Estados miembros sobre las mejores prácticas para proteger los derechos fundamentales de estas personas; lamenta que siga practicándose la cirugía de "normalización" genital en niños intersexuales en los Estados miembros de la Unión Europea pese a no ser necesaria desde el punto de vista médico y a que los procedimientos médicos en niños les causan un trauma psicológico a largo plazo.

69. Pide a los Estados miembros que apliquen plenamente la Directiva sobre los derechos de las víctimas y que identifiquen y colmen las lagunas existentes en sus sistemas de protección de los derechos de las víctimas, prestando especial atención a los grupos vulnerables, como los derechos de los niños, de los grupos minoritarios o de las víctimas de delitos motivados por el odio.

Finalmente, tras el debate, se aprobó por 429 votos a favor, 135 en contra y 69 abstenciones. La reoslución no es vinculante pero es un gran paso para aplicar medidas oportunas en derechos y en la lucha contra la discriminación de las minorías.

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