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Trabajos esenciales: Listado de las profesiones que podrán seguir trabajando

El Gobierno ha anunciado que se paralizará la actividad económica no esencial desde el lunes 30 de marzo hasta el 9 de abril.

Trabajos esenciales: Listado de las profesiones que podrán seguir trabajando

La crisis sanitaria del coronavirus obligó al Gobierno a decretar el estado de alarma el pasado sábado 14 de marzo. Pero con los hospitales prácticamente colapsados y siendo España el cuarto país con mayor número de contagios y el segundo con más muertes, ha llevado a ampliar el confinamiento y a endurecerlo.

"Todos los trabajadores de actividades no esenciales deberán quedarse en casa en las próximas dos semanas", anunció Pedro Sánchez. Esta medida será aprobada este domingo 29 de marzo en un Consejo de Ministros extraordinario y estará en vigor del lunes 30 hasta el 9 de abril, cuando empiece la Semana Santa.

Esta medida, que obliga a quedarse en casa a todos los trabajadores que pertenecen a actividades no esenciales, les garantiza un permiso retribuido recuperable. Es decir, que pese al parón seguirán recibiendo su salario con normalidad y cuando supere la situación, recuperarán las horas de trabajo de forma paulatina. 

Pedro Sánchez durante su comparecencia ante los medios de comunicación
"Pedro Sánchez durante su comparecencia ante los medios de comunicación"

Durante las próximas semanas sólo deberán desplazarse a sus puestos de trabajo aquellos cuyas actividades se establecen como esenciales en el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo. Según ha recopilado el HuffPost, estas son las actividades esenciales:

Actividades esenciales

- Personal sanitario

- Farmacias

- Fuerzas y cuerpos de seguridad

- Comercios minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad

- Medios de comunicación

- Gasolineras, puertos y aeropuertos

- Infraestructuras ferroviarias

- Transportistas de viajeros y mercancías

- Prevención y extinción de incendios

- Salvamento y seguridad marítima

- Plantas de energía y agua

- Centros de procesos de datos, operación y mantenimiento de las redes de transporte y distribución de electricidad, gas, agua, y centrales de generación de energía

- Mantenimiento y reparación de operadores de telecomunicaciones y centros de procesos de datos y de empresas instaladoras de telecomunicación para su instalación

- Plantas petroquímicas o centrales eléctricas o nucleares

- Obras de interés general en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, entre las cuales se debe de incluir las telecomunicaciones que se realicen en el ámbito de la geografía ferroviaria, tanto para uso ferroviario como de los operadores de telecomunicaciones, que se realicen en las mismas

- Plantas de procesamiento de productos agrícolas, cárnicos y pesqueros

- Alimentos para animales de compañía

- Lavanderías

- Ópticas y productos ortopédicos

- Productos higiénicos

- Prensa y papelería

- Estancos

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