El Tribunal Supremo ha acordado abrir una causa contra el ex presidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, por su implicación en el procedimiento de Tsunami Democràtic. La Sala de lo Penal ha admitido la exposición razonada del titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, que apreciaba indicios existentes contra Puigdemont por delitos de terrorismo.
Los magistrados concluyen por unanimidad abrir la causa contra Pugidemont y el diputado del Parlament de Cataluña, Rubén Wasenberg, una "diligencia de investigación que no puede realizar el instructor, sino solo esta Sala Segunda por tratarse de aforados".
Los hechos que se atribuyen a Tsunami Democràtic durante el procés en Cataluña, según el tribunal, se encuentran en el ámbito del delito de terrorismo y justifica esta decisión en una recopilación de sentencias de terrorismo callejero como doctrina.
El auto se centra en los hechos ocurridos el 14 de octubre de 2019 en el aeropuerto de El Prat de Barcelona y señala que el movimiento responde a la "lucha por combatir la sentencia del procés en la que se había condenado por sedición y malversación agravada a varios miembros del Gobierno de Cataluña, trasladando a la opinión internacional la injusticia palmaria de la resolución y organizando actos violentos para evitar su cumplimiento".
De Puigdemont destacan que en aquellos momentos "era el presidente de aquel Gobierno y estaba, y sigue estando, fugado de la justicia, evitando su enjuiciamiento por esta Sala Segunda".
En todo caso, el Tribunal señala que los hechos que llevaron al bloqueo del aeropuerto con multitud de viajeros con billetes falsos no se vinculan con detención ilegal o coacciones, pero añade que "perturbó el servicio de aviación internacional", que "impidió el acceso de usuarios y tripulación" y que los miembros de Tsunami "actuaron con perfecta coordinación y llevando pasamontañas en el rostro, emplearon instrumentos peligrosos y artefactos de similar potencia destructiva".
Además, señala que se ocasionaron lesiones especialmente graves a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, mediante el uso de sustancias peligrosas y artefactos de pirotecnia. Además, señala que este delito se acredita en diversas finalidades: subvertir el orden constitucional, alterar gravemente la paz pública, desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional o provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.
En contra del criterio de la teniente fiscal
La decisión no sigue el criterio de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, la progresista Ángeles Sánchez-Conde, que no había apreciado terrorismo en Puigdemont.
Con este decreto, el Tribunal Supremo asume la competencia para desarrollar la investigación a Carles Puigdemont, actualmente diputado en el Parlamento Europeo y en condición de aforado. Se abre de este modo un nuevo procedimiento penal por el procés, cuando todavía no se ha aprobado la Ley de Amnistía.