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El Supremo aumenta a nueve años las condenas de los exfutbolistas de la Arandina por agresión sexual a una menor

La condena para los exfutbolistas se ha aumentado, aunque se explica que la nueva ley es más beneficiosa para ellos que el Código Penal anterior.

El Supremo aumenta a nueve años las condenas de los exfutbolistas de la Arandina por agresión sexual a una menor

El Tribunal Supremo ha aumentado las condenas impuestas a dos exfutbolistas de la Arandina por abusar sexualmente de una menor de edad en su piso en 2017 a nueve años. Los jueces aumentan la pena a nueve años de cárcel, aunque se explica que la nueva legislación es más beneficiosa para ellos que el Código Penal anterior. La condena resulta un año inferior a la petición de la Fiscalía, con la antigua norma se habría fijado en 10 años.

Este es uno de los primeros casos que se estudia en la sala de lo penal del Tribunal Supremo bajo la nueva ley del 'solo sí es sí', que recoge condenas más bajas en el rango mínimo para algunos de estos delitos. La Fiscalía, que había pedido elevar o, al menos, mantener las condenas de los futbolistas, ha establecido como criterio que una condena por abusos o violación no se revisará a la baja si es posible imponerla con el nuevo Código Penal.

Los criterios judiciales difieren entre los territorios. Por ejemplo, en Madrid sí se apuesta por considerar las rebajas retroactivas, mientras que en Navarra o La Rioja los jueces las rechazan. Mientras tanto, en el Gobierno ha propuesto la reforma de la ley, algo que mantiene la parte socialista.

Caso Arandina

Los hechos se remontan a noviembre de 2017, en el piso que compartían dos de los acusados. La víctima, que entonces tenía 15 años, acudió al domicilio después de varias semanas hablando con uno de ellos a través del teléfono móvil y de Instagram. Fue esa noche cuando, en el salón del piso, los tres acusados abusaron de ella en grupo. Otro de ellos, después, también mantuvo relaciones sexuales con ella en una habitación que no fueron consideradas delictivas por parte de los jueces.

La Audiencia de Burgos, en primera instancia, les impuso condenas de 38 años de cárcel a cada uno por tres delitos de agresión sexual, siguiendo el criterio establecido por el Tribunal Supremo en la sentencia de 'La Manada' de Pamplona. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sin embargo, absolvió a uno de los tres y rebajó las condenas de los otros a cuatro y tres años de cárcel, respectivamente.

Se trata de una rebaja basada en una modificación de los hechos probados. Allí donde la Audiencia había entendido que la joven se sometió a los abusos múltiples por la intimidación causada por los tres, el TSJ eliminó tal referencia y dejó sus condenas en abusos sexuales. En cuanto al tercero, el más joven del grupo, los jueces también consideraron que su desarrollo psicológico era similar la de la víctima, cinco años menor que él, y lo absolvieron.

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