No ha sido el primer famoso en sufrirlo ni, por desgracia, será el último. Santi Millán se convertía inesperadamente en trending topic en Twitter y no precisamente por su labor profesional, sino por la filtración de un vídeo sexual en el que se le ve manteniendo relaciones con una mujer.
En el vídeo se puede ver explícitamente como el actor se graba manteniendo relaciones sexuales con una mujer durante casi dos minutos de grabación. Muchos personajes públicos (y no tan públicos) están muy desprotegidos ante este tipo de delitos que vulneran el derecho a su intimidad y que, desgraciadamente, no son tan fáciles de obtener unos culpables.
Santi Millán responde a la polémica
Aunque no ha concedido ninguna entrevista aún para tratar el tema, el presentador ha declarado a ABC su enfado y preocupación tras lo ocurrido. "No pienso hacer ningún comentario. Yo no quiero decir cómo hay que enfocar las cosas, pero la noticia aquí es que se ha cometido un delito", ha denunciado.
Y es que el acoso viral así como la difusión o revelación de un vídeo privado es un delito penado de tres meses a un año de cárcel o una multa de seis a doce meses. La ilegalidad es todavía más grave si, como en este caso, acaba menoscabando la intimidad de la persona o su reputación.
A todos los que habéis visto el video de Santi Millán o aquellos que vais preguntando dónde se puede ver, os recomiendo ver la serie de Netflix: Intimidad.
— ??????????? (@tierramojada__) June 19, 2022
Solo para que se os caiga un poquito la cara de verguenza. Compartir y difundir videos sexuales es DELITO señores.
Código Penal
El Código Penal, en el artículo 197.7, establece penas de prisión entre tres meses a un año, o multa de seis a doce meses para todos aquellos que "sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona". Dicha pena, según el artículo 197.1, aumenta en caso de que se obtengan las imágenes íntimas sin consentimiento de la víctima, hasta alcanzar los cuatro años de cárcel.
La crueldad en redes sociales parece no tener límites. En cuestión de unas horas, miles de personas han cometido un delito de los que muchos ni son conscientes. Con el vídeo viral, la reputación de Santi Millán queda en el aire a la espera de ver cómo se resuelve el caso.