Los embalses del conjunto de cuencas internas de Catalunya han bajado por primera vez al 16%, el umbral a partir del cual se activa la declaración de emergencia por sequía, un estadio que conlleva restricciones importantes y en el que se encuentran desde hace meses algunas zonas del territorio, como Riudecanyes (Tarragona) y más de una treintena de municipios de Girona que se abastecen del pantano de Darnius Boadella y el acuífero del Fluvià-Muga.
Pronto esta situación se extenderá a las zonas de Catalunya que concentran la mayor parte de la población catalana. Los embalses del Ter-Llobregat, del que se nutren seis millones de personas de Barcelona y su región metropolitana, parte de la Catalunya Central y Girona, se sitúa en el 16,5%, medio punto por encima del umbral previsto en el Plan de Sequía. La declaración de emergencia en ese punto del territorio es inminente. También lo son las restricciones, y como consecuencia, las sanciones por el incumplimiento de estas.
En los sistemas regulados se establecen tres estadios, con una dotación máxima de consumo por persona y día en cada caso: en el estadio de emergencia 1 se limita a 200 litros por persona y día, en el estadio 2 a 180 litros y en el estadio 3 a 160 litros. Esta cifra incluye los consumos domésticos, el agua que se emplea dentro del municipio para actividades económicas, la que se utiliza para usos urbanos y la que se pueda perder por fugas.
Sin embargo, éste no es el único límite. La fase de emergencia del Pla de Sequera también comporta otras restricciones, como la supresión del riego agrícola o la prohibición de llenar las piscinas de hoteles, balnearios, campings, parques acuáticos, comunidades de vecinos o particulares, entre otras medidas.
Sanciones a los municipios y consumidores
El incumplimiento de las restricciones comportará sanciones y multas, tanto a los ayuntamientos por parte de la Agència Catalana de l'Aigua (ACA) como a los ciudadanos (y empresas) que incumplan los límites de consumo de agua que fijan las restricciones por la sequía. Pero vamos paso a paso.
Por un lado, la Ley de Medidas Extraordinarias para hacer frente a la sequía establece un régimen sancionador para los municipios que se salten las normas. Éstos pueden ser sancionados con multas que van de los 10.000 a los 50.000 euros, pero en casos extremos llegarían a los 150.000 euros si se considera que el incumplimiento ha supuesto daños graves. Una normativa que entró en vigor después de la convocatoria de subvenciones, dotada con 50 millones, para la mejora de los abastecimientos municipales.
Según detalla la ACA, desde septiembre hasta la actualidad se han iniciado un total de 60 expedientes sancionadores a municipios que han superado los consumos que marca el Plan de Sequera. Sin embargo, será una vez que se declare la emergencia cuando se analizará qué municipios superan la dotación.
Ahora bien, la ACA no será el único ente sancionador. Aunque es quien fija un marco normativo general, será cada municipio o entidad de la que depende la competencia del suministro de agua la que tendrá capacidad de sancionar a los particulares que se excedan en el consumo de agua.
Hace unos meses, la Generalitat envió a todos los ayuntamientos una ordenanza modelo que propone un marco normativo que pueden adaptar a su realidad y que contempla multas de entre 750 a 3.000 euros, en función de la gravedad. Por ejemplo, una vez que se declare la situación de emergencia del sistema Ter-Llobregat, una posible multa podría ser llenar la piscina de casa o lavar el coche.
Hasta 3.000 euros en el Área Metropolitana de Barcelona
La ACA también permite a los entes dictaminar medidas como la reducción de la potencia del agua que sale de los grifos o aplicar medidas más contundentes como cortes puntuales en franjas horarias si la situación es crítica. El objetivo es que todos los municipios tengan las herramientas para cumplir con los topes que la ACA impone a los ayuntamientos. Por ejemplo, el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) ya ha bajado la presión del agua en los cinco municipios que más gastan.
Las sanciones previstas en el plan de contingencia del Área Metropolitana de Barcelona van de los 30 euros por limpiar un coche, por ejemplo, a los 200 por llenar una piscina pequeña, mientras los casos más graves pueden llegar a los 3.000. En este caso, serán los consistorios los que interpondrán expedientes cuando se identifiquen acciones que violen el plan de sequía, elevándolos al AMB para que imponga la sanción que se considere.
El Servicio Metropolitano del Ciclo integral del Agua del AMB distingue en su reglamento entre infracciones leves, que van hasta los 750 euros, infracciones graves, que van desde 751 a 1.500, e infracciones muy graves, desde 1.501 hasta 3.000. En este sentido, las referentes al agua se ubican por lo general entre las sanciones leves y, además, las detalla el decreto aprobado recientemente que establece este abanico de entre 30 y 200 euros.
Sanciones leves, graves y muy graves en el AMB
- Lavado de coches fuera de establecimientos acreditados: infracción leve con sanción de 30 euros.
- Llenar una piscina de hasta 72 metros cuadrados, con volumen inferior a 72 metros cúbicos: infracción leve sancionable con multa de 200 euros.
Regar un jardín de hasta 250 metros cuadrados se califica de infracción leve sancionable con una multa de 50 euros.