El Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza ha interpuesto una sanción a Pablo Echenique porque ratifica que desde marzo de 2015 a abril de 2016, el trabajador no tuvo contrato ni estuvo dado de alta en la Seguridad Social.
El dirigente de Podemos tendrá que pagar una multa de más de 1.000 euros por las irregularidades en la contratación de su asistente personal. Tal y como cuenta el diario Heraldo de Aragón, Echenique recurrió la sanción de la inspección de la Seguridad Social de 2017 por considerarla "injusta".
Según él, este asistente le ayudaba "de manera intermitente" por su "elevado nivel de dependencia", y no era conocedor de que "estuviera cobrando el desempleo". Además, él pensaba que estaba dado de alta como autónomo hasta el día que el propio trabajador le dijo que no podía pagar la cuota.
Echenique volverá a recurrir la sentencia
Fuentes cercanas al número 3 de Podemos afirman que también está desconforme con esta sanción y lo recurrirá a instancias superiores. "Pensamos que es evidente que no se trata de una relación trabajador-empresa, sino autónomo-cliente", cuentan ellos.
La ley de dependencia estatal ???? https://t.co/zk2VuiwldCLa aragonesa ???? https://t.co/icLa3XgXYzAmbas indican que los asistentes profesionales pueden funcionar como autónomos.La sentencia no atiende a esta legislación puede afectar a miles de familias. Por eso, la recurriré. pic.twitter.com/Y3ce7jaNSs
— ????? ??????Q?? ???????? (@pnique) 22 de enero de 2019
Además, según él, su sentencia también podría llegar a perjudicar a cientos de miles de dependientes en España. Echenique compartió este 22 de enero en su cuenta de Twitter la normativa de dependencia donde señalan que los asistentes personales pueden ser autónomos.
El artículo 2 de la ley de dependencia estatal asegura que los "profesionales autónomos" pueden actuar de asistentes siempre que presten servicios "a personas en situación de dependencia". Mientras que el artículo 19 de la ley aragonesa establece que cuando la relación profesional "esté basada en un contrato de prestación de servicios", el asistente personal "tendrá que acreditar el cumplimiento de sus obligaciones de afiliación y alta" en la Seguridad Social.