Cada año por estas fechas, todos y todas soñamos con hacernos millonarios. El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad que se celebra el 22 de diciembre se vive con intensidad siendo inevitable ese nervio por si nos toca. Aunque después acabemos muertos de la envidia viendo por televisión las celebraciones de aquellos a los que un número les ha cambiado la vida.
Pese a que las probabilidades son muy pequeñas, especialmente si aspiramos al Gordo, no está de más estar al tanto de los requisitos del banco para cobrar un décimo premiado. No en todos los casos es necesario acudir en una entidad bancaria a cobrarlo, pues en algunos casos bastará con acudir a una administración de Lotería.
Premio igual o inferior a 2.000 euros
Si el premio es igual o inferior a 2.000 euros, es mucho más sencillo. Para cobrarlo, solo será necesario que acudas a cualquier administración de Lotería, que no tiene por qué ser la misma en la que compraste el boleto agraciado. Además, en estos casos, a la hora de hacer efectivo el cobro no se requiere ningún tipo de acreditación personal, bastando con presentar el décimo premiado original.
Premio superior a 2.000 euros
En caso de ser una cantidad superior a 2.000 euros, deberás acudir a alguna de las entidades bancarias que tienen convenio con Loterías y Apuestas del Estado (Abanca Corporación Bancaria, Banco de Sabadell, BBVA, CaixaBank, Caja Sur Banco, Cajamar Caja rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, Ibercaja Banco, Kutxabank o Unicaja Banco) que deberán entregarte un cheque con el premio, aunque no se trate de tu banco habitual.
Las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación (en concreto, la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación).
Además, se te solicitará completar el 'Proceso de Verificación Documental de Identidad', así como aportar información adicional a través del formulario de 'Conocimiento adicional del jugador'. Para poder cobrar el premio, eso si, también habrás de cumplir unos plazos. A partir del día siguiente a la celebración del Sorteo, tendrás tres meses para recamar el pago.
Debes saber que las entidades financieras no podrán cobrar ningún tipo de gasto ni comisión por realizar el pago de los premios ni obligar al afortunado a abrir cuenta alguna en dicha entidad. Si el cobro se hace mediante transferencia, deberás confirmar la cuenta bancaria, que debe ser de tu titularidad.
Premio de titularidad compartida
De darse el caso de que el premio sea de titularidad compartida y superior a 2.000 euros, cada uno de los participantes deberá acudir a la entidad bancaria e identificarse. Si el grupo es muy numeroso, si así se decide es posible designar un representante para realizar las gestiones en nombre de todos. Eos sí, al tratarse de elevadas cantidades de dinero público, este apoderamiento debe conferirse en documento público ante un notario.