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RENFE no podrá usar la marca AVE en la UE porque no ha querido reclamar en inglés

La compañía presentó la reclamación tarde y sin cumplir las normas básicas que le había solicitado la Unión Europea en repetidas ocasiones

Renfe no podrá usar la marca que emplea en los trenes de Alta Velocidad, AVE en el territorio de la UE situado fuera de nuestras fronteras. ¿La razón? A la empresa pública no le apeteció seguir las normas que exigían hacer la solicitud en inglés y prefirió realizar todos los escritos en español.

Estos son los logos de la discordia
"Estos son los logos de la discordia"

El conflicto se inició en diciembre de 2012, cuando Stephen Hahn, un ciudadano alemán, se quejó del registro de la marca AVE por parte de Renfe porque él tenía registrada una marca figurativa con las mismas letras en Alemania, mediante la cual vende bicicletas eléctricas.

A partir de aquí se inicia todo un conflicto en el que intermedia la EUIPO, que es la Oficina de Propieddad Intelectual de la Unión Europea, y que se encarga de gestionar todas las marcas de la UE.

A las dos semanas, la agencia que cuenta con sede en Alicante, decide dar la razón al vendedor de bicicletas alemán tras considerar que entre ambos logos puede existir confusión. Sin embargo, Renfe aún no lo tenía todo perdido: podía presentar sus alegaciones.

La empresa pública tardó, en concreto, cinco semanas en redactar los motivos por los que consideraba que la marca era suya y en enviarlo a la agencia de nuevo. Sin embargo, la compañía se vuelve "rebelde" y se salta una de las normas básicas que piden que todo este tipo de documentos se redacte en inglés: la empresa ferroviaria elige el español porque sí.

No sabemos aún el motivo, pero una semana después, de hacerlo Renfe vuelve otra vez a enviar las mismas alegaciones. ¿Creéis que había rectificado este grave error? No, las volvió a enviar en español, que había que hacerse respetar.

¡Aquí habla en español todo el mundo!

Evidentemente, la organización consideró que, pese a que Renfe llegase a tener razón, el defecto de forma pesaba sobre el resto de argumentos, por lo que no podía tener en cuenta sus alegaciones -seguramente ni las leyeron- y las rechazaron.

¿Lo peor de todo? La agencia tuvo el detalle de volver a permitir a la empresa enviar la documentación en inglés. Les daba como fecha límite el 18 de abril. ¿Qué hizo Renfe? Tocarse las narices -literalmente-, hasta que un 16 de mayo, la agencia le dijo que no había recurso que presentar por defecto de forma y por haber llegado tarde. Vamos, que se olvidasen de usar la marca AVE en Europa porque no habían tenido ganas de moverse. Algo, por cierto, muy paradójico en una empresa como esta.

Ni cortos, ni perezosos; los directivos de la compañía consideraron que, diez días después de que les dijeran que ya no había vuelta a atrás, tenían que moverse y entregar otra vez las alegaciones, esta vez sí, en inglés. Pero ahora era tarde, evidentemente.

El fallo llega a los tribunales

Con toda esta vía agotada, la empresa ferroviaria decidió acudir al Tribunal General de la UE para solicitar el 'restutio in integrum', una figura con la que podría haber salvado todo el embrollo si hubiese demostrado que había mostrado toda la documentación como debía.

Renfe se excusó ante los tribunales en que no había recibido el informe en el que se le exigía que la documentación debía ser en inglés "debido a ciertos problemas técnicos, a veces algunos faxes no son recibidos". La agencia europea, por su parte, ha presentado como prueba el registro del envío del fax, en el que aparece que sí que fue recibido sin ningún tipo de problema por Renfe.

La sede de la Euipo en Alicante
"La sede de la Euipo en Alicante"

A pesar de que llama la atención el hecho de que, si no había recibido el documento en el que se le pedía que presentase todo en inglés, hubiera hecho lo propio diez días después de agotar los plazos, la Justicia europea finalmente le ha quitado la razón por otro motivo.

Aseguran los magistrados que el hecho de que el fax fallase a menudo da "a entender que Renfe era consciente de los posibles fallos de su fax y que, por tanto, esta circunstancia no era excepcional ni, en consecuencia, imprevisible según la experiencia".

"El Tribunal General considera que los elementos de prueba no permiten demostrar que Renfe haya actuado con toda la diligencia necesaria requerida por las circunstancias, sino que, al contrario, Renfe tenía conocimiento de posibles incumplimientos", ha asegurado la Justicia en un comunicado. Mientras tanto, la compañía ferroviaria puede aún recurrir la sentencia ante una instancia superior, el Tribunal de Justicia.

Y para acabar, lo mejor de todo: Renfe no ha querido realizar ninguna declaración porque asegura que no ha recibido aún la sentencia. ¿Va siendo hora de renovar el fax?

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