Buscar
Usuario

Economía

Quién está obligado a hacer la Declaración de la Renta 2022/2023

La cantidad de ingresos a partir de la cual es obligatorio realizar este trámite con la Agencia Tributaria.

Quién está obligado a hacer la Declaración de la Renta 2022/2023

Se acerca la temporada de impuestos del año 2022, y aquellos contribuyentes que no superen los límites legales establecidos que exigen la presentación de una declaración, estarán exentos de este trámite con la Agencia Tributaria. Como en años anteriores, es importante tener en cuenta las cifras que determinan la obligación de presentar una declaración, ya que esto puede hacer que el proceso con Hacienda sea más sencillo o incluso que no sea necesario realizarlo.

En general, según la Asociación Española de Asesores y Planificadores Financieros (EFPA España), los contribuyentes con ingresos anuales brutos inferiores a 22.000 euros, provenientes de un solo pagador, no están obligados a presentar una declaración de impuestos. Sin embargo, si se gana más de esta cantidad, aún puede ser beneficioso presentar una declaración, ya que las retenciones del pagador pueden resultar en un exceso de impuestos pagados y, en algunos casos, podrían ser reembolsados.

Por lo tanto, se recomienda revisar el borrador en la página web de la Agencia Tributaria y ajustar las deducciones para determinar si la presentación de una declaración podría generar un reembolso. Si es así, entonces es conveniente completar el trámite. No es necesario olvidar el asunto si se gana menos de 22.000 euros, ya que presentar una declaración podría ser beneficioso en algunos casos.

Durante la campaña de la renta, es importante tener en cuenta que los límites legales que obligan a presentar la declaración pueden variar en función de las circunstancias del contribuyente. En general, los contribuyentes con ingresos anuales brutos inferiores a 22.000 euros procedentes de un solo pagador están exentos de presentar la declaración de la renta, según la Asociación Española de Asesores y Planificadores Financieros (EFPA España).

Más de un pagador

Sin embargo, existen situaciones en las que el umbral general varía, como cuando se tienen ingresos de segundos o terceros pagadores. Si al margen del pagador principal del resto de pagadores no se ingresan más de 1.500 euros anuales, la exención de presentar la declaración seguirá estando en los 22.000 euros anuales. Por ejemplo, si se trabaja durante el año para una empresa y se cobra 18.000 euros, y se había trabajado en otra por 1.000 euros, no se está obligado a declarar. Esto también se aplica a situaciones como estar en paro (cobrando del SEPE) o en ERTE.

Sin embargo, el límite de 22.000 euros anuales disminuye si se cobra por encima de 1.500 euros anuales de un segundo o demás pagadores. En estos casos, el umbral que obliga a declarar baja a los 14.000 euros anuales por rentas del trabajo (en la renta del año siguiente aumentará a 15.000 euros anuales). Esto podría ocurrir si un trabajador cambió de trabajo en 2022 y cobró más de 1.500 euros de su nuevo empleo.

Pensiones compensatorias o anualidades

Además, el límite a partir del cual se debe presentar la declaración también disminuye a 14.000 euros anuales cuando se reciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador de los rendimientos no está obligado a retener o con rendimientos sujetos a tipo fijo de retención (como las retribuciones por ser miembro de un consejo de administración -tipo fijo del 35% o 19%-, por impartir cursos, conferencias, obras literarias o similares -tipo del 15%-).

Además, se debe presentar la declaración de la renta si se obtienen rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija...) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en fondos de inversión, premios por concursos o juegos...) si han estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y superan los 1.600 euros anuales.

Finalmente, se debe presentar la declaración de la renta si se perciben rentas inmobiliarias, rendimientos de letras del Tesoro, subvenciones para la compra de viviendas de protección oficial y otras ganancias patrimoniales por ayudas públicas si superan los 1.000 euros anuales. Es recomendable acceder al borrador en la web de la Agencia Tributaria y revisar el resultado inicial, así como modificarlo con deducciones a las que se tiene acceso, para ver si conviene presentar la declaración. Si sale a cuenta y hay devolución, se puede completar

Artículos recomendados

Artículos relacionados
Contenidos que te pueden interesar