Elegir el nombre de nuestro bebé puede convertirse en una de las decisiones más complicadas para una pareja durante el embarazo. Por eso, muchas incluso pueden dilatar la elección a lo largo de la espera. Se trata de una elección muy personal y habitualmente consensuada, aunque el Ministerio de Justicia tiene la última palabra.
Hay varios casos en los que un juez ha terminado eligiendo el nombre del bebé en detrimento de los padres. Uno de ellos es el hecho de que el niño sea huérfano, caso en el que se suele asignar un nombre corriente. Otra situación puede ser cuando la propuesta de los padres no es aceptada por el juzgado y se agota el plazo de tres días para elegir nuevo nombre porque no quieren o no hay acuerdo.
A pesar de que se ha avanzado enormemente a la hora de aceptar nombres extranjeros en nuestro país, todavía hay ciertas restricciones que impiden llamar a una persona de ciertas maneras. Para comprobarlo, tenemos que fijarnos en lo que establece la ley de inscripción de nombres del Registro Civil y averiguar qué nombres no se permiten para bebés. Concretamente, bajo las normas del artículo 54 de la Ley del Registro Civil y el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil.
Con estas restricciones, se busca preservar la dignidad de los menores y evitar que, en algunas ocasiones, los padres puedan imponer un extraño sentido del humor sobre sus hijos por su simple voluntad, algo con lo que tendrían que cargar sus hijos durante el resto de su vida.
Nombres que no se pueden aceptar
Estos son los nombres que no se pueden imponer a los hijos:
- Connotaciones negativas: se prohiben todos los nombres con connotaciones negativas que atenten contra la dignidad del menor. No puede emplearse Judas, Hitler, Osama Bin Laden o Caín, por ejemplo. Tampoco en el cambio de género: se puede utilizar Paloma, pero no Palomo.
- Alimentos o acrónimos: Las frutas se incluyen en las restricciones, por lo que no podemos llamar a nuestros hijos Limón, Mandarina o Mango. Tampoco se pueden usar los acrónimos como nombre, por lo que no se aceptaría Antoisa por Antonio e Isabel. Además, quedan prohibidos los nombres que den pie a confusión o aquellos graciosos cuando se mezclan con el apellido correspondiente.
- Compuestos con más de dos nombres o nombres iguales entre hermanos: Solo se pueden registrar dos nombres como máximo por persona, a pesar de que haya personas mayores con tres o cuatro nombres compuestos. Además, no se puede registrar el mismo nombre para hermanos, con el objetivo de evitar confusiones.
- Prohibidos diminutivos: Los diminutivos pueden emplearse de forma anecdótica, pero no para registrar a nuestro hijo: Juanito o Laurita no son válidos como nombres, sino en su forma original.
Tampoco se pueden utilizar figuras famosas, como por ejemplo Ana Karenina; ni tampoco utilizar los apellidos como nombre. Además, se prohíben nombres que puedan ser despectivos, como 'Caca' o similares. Tampoco aquellos que no tengan traducción literal a nuestro idioma o nombres que no tienen nada que ver con ser un nombre propio como por ejemplo 'Iron Man'.