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10 puntos clave del borrador de la Ley Trans

El Ministerio de Igualdad prepara una norma que atiende a reivindicaciones históricas del colectivo trans con un objetivo despatologizador.

10 puntos clave del borrador de la Ley Trans

El proyecto de Ley Trans sigue adelante y está cerca de ser una realidad. Poco a poco se van conociendo más detalles de una norma que responde a una importante reivindicación del colectivo: dejar de considerarlo una patología y poder cambiar de nombre y sexo legal sin necesidad de pruebas médicas y psicológicas.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, junto a la directora general de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI, Boti García Rodrigo, se ha reunido con las principales entidades para trasladar los detalles de la norma. El borrador de la 'Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans', se está ultimando desde el Ministerio de Igualdad y actualmente se encuentra en fase de negociación con la vicepresidencia primera de Carmen Calvo con el objetivo de llevarla a Consejo de Ministros en febrero. Del borrador se desprenden algunos puntos clave:

Irene Montero, ministra de Igualdad
"Irene Montero, ministra de Igualdad"

1 Se blinda la despatologización

El proyecto de Ley Trans garantiza el cambio de nombre y sexo legal sin necesidad de pruebas médicas o psicológicas y blinda "el derecho a la identidad de género libremente manifestada". De esta forma, el texto avala una de las reivindicaciones históricas del colectivo e impulsa la despatologización de la transexualidad.

Las personas transexuales dejarían de estar obligadas a someterse a un largo proceso de consultas medicas psiquiatras y psicológicas que permiten la obtención de los informes requeridos que certifica una "disforia de género". Además, actualmente se les obliga a estar dos años en hormonación para cambiar su mención registral.

2 Rectificación registral

La norma reconoce que la solicitud de la rectificación registral de la mención del sexo, es decir, su cambio en el Registro Civil. "La solicitud de rectificación registral de la mención de sexo no precisa de más requisitos que la declaración expresa" de la persona, indica el texto. Y añade: "El ejercicio de este derecho en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno, ni la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a hacer uso de tales medios".

3 Menores trans

Los menores tendrán un lugar reservado en la ley, por lo que hasta los dieciséis años podrán efectuar la solicitud para el cambio de nombre bajo la tutela de sus progenitores. A partir de esa edad, los menores podrán solicitar la modificación por sí mismos. En el caso de que haya desacuerdo entre los progenitores, el menor podrá hacer la petición por medio de cualquiera de sus representantes o a través de un defensor judicial, tal y como establece el Código Civil.

Para este apartado, ha sido determinante la sentencia del Tribunal Constitucional que hace dos años reconocía el derecho de los menores trans "con suficiente madurez" a solicitar el cambio registral.

También se atenderá especialmente el ámbito escolar. El borrador reconoce el derecho de los menores a exteriorizar su identidad de género en los centros educativos, "debiéndose respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro". También se avala que puedan usar libremente el nombre que hayan elegido, que será reflejado en la misma forma en que aparezca el nombre y sexo del resto del alumnado en la documentación administrativa.

4 Personas extrajeras

El texto da la posibilidad de modificar la mención registral las personas extranjeras que, aún no teniendo nacionalidad española, tengan residencia legal en España, siempre que "acrediten" la imposibilidad de llevarlo a cabo en su país de origen o siempre que implique un riesgo para su vida o integridad. Estas personas, menciona el informe, "podrán interesar la rectificación de la mención del sexo, el cambio de nombre en la tarjeta de residencia y, en su caso, en el permiso de trabajo que les hayan sido expedidos".

5 Personas no binarias

El borrador dispone que se podrá omitir, a petición de la persona interesada, la mención al sexo en los documentos oficiales. Este punto responde a las demandas de las personas no binarias, es decir, aquellas que no se identifican ni como hombres ni como mujeres.

6 Derechos y obligaciones anteriores

La rectificación de la mención registral, subraya el borrador de la nueva Ley Trans, "no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad" al cambio, y nombra específicamente, y "en particular" a los efectos de lo establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género.

Este apunte establece un marco garantiste ante los efectos que el cambio de ley pudieran tener sobre agresores condenados por violencia machista. Esto es uno de los puntos que más críticas ha despertado críticas en algunos sectores del feminismo que apuntan que habría agresores que podrían afirmar ser mujeres para evitar ser condenados por la ley.

7 Salud y reproducción

La atención sanitaria específica a las personas trans se incluirá en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Es decir, el borrador apunta que la asistencia sanitaria pública debe incluir "el tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugías genitales, mamoplastias, mastectomías y material protésico".

En lo relativo a los derechos reproductivos, se garantizará la salud reproductiva de todas las mujeres y personas trans con capacidad de gestar, a quienes se les reconocerá el acceso en igualdad de condiciones a la reproducción asistida.

8 Terapias de conversión

"El uso de terapias aversivas y de cualquier otro procedimiento que suponga un intento de conversión, anulación o supresión de la identidad de género, o que estén basados en la suposición de que cualquier identidad de género es consecuencia de enfermedad o trastorno", quedaría totalmente prohibido, según la nueva Ley Trans.

9 Deporte

En el ámbito del deporte, las leyes siguen la línea del Comité Olímpico Internacional, que en 2016 permitió la competición a las personas transexuales. El texto prohíbe las 'verificaciones de sexo' en las competiciones. Los participantes podrán inscribirse según el sexo registral. Además, se garantizará el uso de vestuarios y aseos correspondientes a su género

10 Prisiones

La Ley Trans prevé también la integración de las personas transexuales en las prisiones, en base a la instrucción de Instituciones Penitenciarias. En esta materia, el ingreso en un módulo concreto vendrá determinado por "el cambio de nombre en el DNI, pero no será necesaria la acreditación mediante un informe". Las personas arrestadas reclusas tienen derecho a "ser tratadas y separadas conforme su sexo registral", señala. También tiene previsto que se pueda "iniciar o continuar" los tratamientos de cambio de sexo aun estando en prisión.

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