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¿Qué te puede ocurrir si te pillan drogado o con drogas por la calle?

La diferencia entre el delito y la infracción está en el consumo propio y las cantidades que se portan.

La mayoría de las drogas son ilegales en nuestro país, sin embargo, la legislación que la rodea contempla diferentes sanciones (o ninguna) para los diferentes supuestos en los que se encuentre implicada la sustancia ilícita. Según nuestras leyes, si vas drogado por la calle, no supone pena ni sanción. La cosa cambia cuando te pillan drogándote o haciendo algo que esté prohibido efectuar bajo los efectos de la droga, como conducir.

Lo que es objetivo de castigo es portar droga en la vía pública. Aquí lo principal es distinguir dos casos: si la tenencia es considerada para consumo propio o si es considerada para tráfico. La diferencia no es poca. En el primer supuesto estaríamos ante una sanción administrativa (multa), pero en el segundo nos estaríamos enfrentando a un delito de tráfico de droga, con su correspondiente detención y proceso judicial.

Es importante recalcar que el tráfico de droga no tiene por qué incluir ánimo de lucro, por lo que regalar, por ejemplo, pastillas, también sería considerado como tal. Si bien, la pregunta es obvia: ¿Quién y en base a qué criterios se determina si la droga que llevo es para mi consumo o para traficar? La denuncia inicial se hará desde el criterio del policía, que evaluará el consumo personal o el tráfico.

Personas en una manifestación pro-marihuana contra la Ley Mordaza
"Personas en una manifestación pro-marihuana contra la Ley Mordaza"

Los criterios para determinar la finalidad de esa tenencia son múltiples: la cuantía de la droga, la forma de su preparación, la posesión de instrumentos característicos del tráfico, la concurrencia de adicción, la existencia de actos concretos de tráfico, la capacidad económica para adquirir la droga, etc. Por lo tanto, llevar 100 gramos para un grupo de personas entraría dentro de la tenencia, mientras que llevar 50 euros de hachís cortado y separado por bolsitas, probablemente sea considerado por el agente implicado como tráfico de drogas.

Las cantidades máximas de consumo propio

No obstante, para evitar una posible arbitrariedad del personal policial, el Tribunal Supremo adoptó una tabla elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología en 2001 en la que se fijaba la dosis media de consumo diario para cada sustancia, siguiendo la constante de que un consumidor habitual suele comprar para sí mismo la cantidad necesaria para 5 días.

Llevar encima más de las siguientes cantidades será considerado un indicio de que la posesión es con la finalidad de traficar con ella. Esto no quita que consigas convencer al juez de que se trataba de consumo propio:

- Marihuana: 100 gramos

- Hachís: 25 gramos

- Cocaína: 7,5 gramos

- Heroína: 3 gramos

- Metadona: 1,2 gramos

- MDM, MDMA, MDEA: 1440 miligramos

- Anfetamina: 900 miligramos

- LSD: 3 miligramos

Penas y sanciones

El tráfico de drogas supone penas de prisión
"El tráfico de drogas supone penas de prisión"

En el caso de que la tenencia de sustancias ilícitas sea para traficar, nos encontraríamos ante un delito contra la salud pública. El Código Penal sanciona el tráfico con la pena de uno a tres años de prisión y multa si se trata de sustancias de las consideradas que no causan grave daño a la salud (hachís, cannabis, etc); y con la pena de tres a seis años de prisión y multa si hablamos de sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, etc).

En el supuesto de que se dictamine que la tenencia de droga es para el consumo, nos enfrentaríamos a una multa establecida por la denominada Ley Mordaza de entre 601 a 10.400 euros, si es la primera vez. En caso de que te sancionen por segunda vez o más en menos de dos años la multa podría ir de 10.401 a 20.200 euros. Y por último, en caso de que los hechos "revistan especial gravedad" podría elevarse de 20.201 a 30.000 euros. En cualquier caso, es una multa administrativa que no genera antecedentes penales y tiene carácter recurrible ante la administración o un Juez.

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