A las personas fallecidas en España como consecuencia del coronavirus no podrá realizárseles una autopsia en caso de no ser estrictamente necesario, aunque si podrá llevarse a cabo el velatorio del cadáver siempre y cuando se tomen las medidas necesarias, según establece el 'Procedimiento para el manejo de los cadáveres de casos de COVID-19' publicado por el Ministerio de Sanidad.
El Ministerio dirigido por Salvador Illa ha decidido publicar este documento específico para el manejo de cadáveres de personas fallecidas por COVID-19, basado en las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicadas en 2014 en el informe 'Prevención y control de las infecciones respiratorias agudas con tendencia epidémica y pandémica durante la atención sanitaria'.
Traslado del cadáver
Según se establece en el documento publicado por el Ministerio de Sanidad, una vez que el paciente con coronavirus fallece debe ser trasladado "lo antes posible" al depósito, si bien antes se permitirá a los familiares y amigos despedirse de él "sin establecer contacto físico con el cadáver, ni con las superficies, enseres de su entorno o cualquier otro material que pudiera estar contaminado. Estas personas deberán llevar una bata desechable, unos guantes y una mascarilla quirúrgica."
Para ello, el cadáver, "debe introducirse en una bolsa sanitaria estanca biodegradable y de traslado con ataúd, que reúna las características técnicas sanitarias de resistencia a la presión de los gases en su interior, estanqueidad e impermeabilidad, tal y como está establecido en la Guía de consenso sobre Sanidad Mortuoria", añaden desde el Minsiterio.
Autopsia y entierro o incineración
"A pesar de que no hay evidencia sólida hasta la fecha del riesgo de infección a partir de cadáveres de personas fallecidas por Covid19, de acuerdo a lo observado para otros virus respiratorios, y por el principio de precaución, se considera que estos cadáveres podrían suponer un riesgo de infección para las personas que entren en contacto directo con ellos", señala Sanidad.
Debido a los riesgos habituales del trabajo en la sala de autopsia, se recomienda no realizarla a los cadáveres de personas fallecidas por COVID-19, ya fuesen casos clasificados como caso en investigación, probables o confirmados, salvo indicaciones clínicas fundamentada.
"Estos riesgos surgen del contacto con materiales infectivos, especialmente por salpicaduras, más que por inhalación de material infeccioso. Sin embargo, en casos de pacientes fallecidos por COVID-19, los pulmones y otros órganos todavía pueden contener virus vivos y es preciso tomar medidas de protección respiratoria complementarias durante los procedimientos que generan aerosoles de partículas pequeñas", informa el documento.
En caso de que sea necesario, ha de garantizarse la seguridad en el ambiente. Así pues, el documento señala que deberá sacarse el cadáver de la bolsa impermeable en la que ha sido trasladado e introducirlo de nuevo al finalizar. Además, se deben limpiar y desinfectar las superficies que se han contaminado con tejidos o líquidos y secreciones corporales. Esta limpieza, concretan, la deben realizar las mismas personas que han realizado la autopsia.
Desde el Ministerio de Sanidad advierten que no se deben realizar actuaciones de limpieza ni intervenciones de tanatopraxia sobre el cadáver. "Tras la correcta introducción del cadáver, desinfección y sellado de la bolsa impermeable, la manipulación exterior de ésta o del ataúd que la contenga no comporta riesgos", aclara. Tal y como describe el protocolo, se puede ofrecer servicio de velatorio para el fallecido, pero éste será con el ataúd cerrado, conteniendo el cadáver introducido en la bolsa impermeable con las precauciones detalladas anteriormente.