La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha vuelto a sancionar a España por un nuevo caso de tratos crueles y falta de atención sanitaria. Los hechos ocurrieron tras una detención individual que tuvo lugar en Córdoba en el año 2013, donde la víctima sufrió una brutal agresión en la que acabó con la nariz rota a la salida de comisaría. Posteriormente, fue recogida por ambulancia a la que los propios agentes de policía se negaron a llamar. No hicieron nada por socorrerla, por lo que tuvo que ser ella misma quien avisara a los servicios de emergencia.
Ahora, el comité contra la Tortura de la ONU (CAT) insta al Estado español a dar a la mujer "una reparación plena y adecuada por los sufrimientos que le han causado" y a que "se tomen las medidas necesarias contra los responsables". Por otro lado, llama a las autoridades competentes a impartir "las instrucciones precisas a agentes de policía en las comisarías, para evitar que se cometan infracciones semejantes en el futuro".
Según la información revelada por la Asociación Pro-Derechos Humanos, es la cuarta vez que España es condenada por omisión al socorro y crueldad en detenciones individuales. Fue esta misma ONG la que presentó la denuncia ante los tribunales del organismo, afirmando que "no es algo esporpádico o incidental". De hecho, en 2014, España confirmó ante el CAT que más de 4.200 casos similares habían tenido lugar entre los años 2009 y 2012. De acuerdo con los datos, solo 29 tuvieron su correspondiente pena. Para ellos, esta condena significa que el sistema español "no ha dado respuesta adecuada a la denuncia planteada" anteriormente.
La Audiencia Nacional y el Constitucional archivaron el caso
La asociación emitió la denuncia en el año 2016, tres años más tarde del terrible incidente, tras el que esta mujer de ahora 40 años quedó por aquel entonces terriblemente malherida. Fue encontraada en las próximidades de la estación de trenes de Córdoba por cuatro oficiales, quienes registraron su bolso en primera instancia. Al encontrar una cartera que ellos interpretaron como ajena, "comenzaron a golpearla y a preguntarle dónde tenía las cosas supuestamente robadas en la discoteca de la cual procedía".
Acto seguido, "la esposaron sin notificarle por qué la arrestaban, le tiraron del pelo y le golpearon contra el canto de la puerta del coche. Al conducir hacia la comisaría los policías frenaban súbitamente para que la autora golpeara su cabeza contra la mampara separadora del vehículo, riéndose cada vez que lo hacía", contempla el escrito con los testimonios de la joven. La soltaron de comisaría tras dejarle sin un euro en la cartera y ni siquiera fueron capaces de avisar a una ambulancia para dar parte del mal estado en el que se encontraba por las heridas y magulladuras que tenía por todo el cuerpo. Tras llamar ella misma al 092, la trasladaron al hospital y allí los médicos de urgencias determinaron que tenía rotos todos los huesos de su nariz, por lo que tres días después tuvo que operarse.
Cuando las cosas volvieron a la normalidad, E.L.G. no dudó en emprender trámites legales contra los cuatro agentes, señalándoles como autores de un delito de tortura e incumplimiento del deber de cuidado. Para su sorpresa y la de todos, el caso fue archivado por el juzgado número 1 de instrucción. Ningún recurso interpuesto posteriormente contra esa decisión sirvió. La decisión de la Audiencia fue firme y dio más credibilidad a la versión de los policías. La causa alcanzó el Tribunal Constitucional, que volvió a valorar los hechos de forma parecida, en detrimento de la víctima.
La ONU no aprecia tortura
Ha sido este comité de las Naciones Unidas quien finalmente ha decidido hacer caso a la mujer y tras siete años, intentará hacer justicia con su caso. Ellos han decidido valorar que, efectivamente, "existieron indicios razonables de tratos crueles, inhumanos o degradantes, que no han sido disipados por el Estado en parte", aunque descartan el delito de tortura y otros tratos o penas crueles, ya que no pueden encontrar "elementos suficientes para afirmar con certeza que configuran actos de tortura en los términos del artículo 1 de la Convención".
Por otro lado, la ONU le reprocha al Estado español no haber proporcionado "información suficiente que permita concluir que las lesiones no fueron causadas durante la detención", así como el incumplimiento de su obligación a garantizar la asistencia médica en este tipo de situaciones. Debido a este motivo, España debe hacer caso al organismo internacional con sede en Nueva York y darle a esta mujer "una reparación plena y adecuada" por todo lo que ha tenido que atravesar y "los sufrimientos que le han causado", empleando "medidas de indemnización por los daños materiales y morales causados", así como "medidas de rehabilitación". Además, en los próximos 90 días, las autoridades competentes deben remitir un informe que especifique la pena de los agentes y así evitar que infracciones semejantes vuelvan a tener lugar.