El pasado 27 de junio se publicó en el BOE el real decreto-ley por el que se ha aprobado un nuevo sistema de cotización de los profesionales autónomos. Este 25 de agosto buscará la aprobación del Congreso de los diputados en el pleno extraordinario convocado por Pedro Sánchez.
Han sido seis largos meses de negociación entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por José Luis Escrivá, y los agentes sociales. La normal ya ha recibido el apoyo de las organizaciones de autónomos (UPTA, ATA Y Uatae) y de los sindicatos (UGT y CCOO).
Escrivá ha asegurado que este nuevo sistema de cotizaciones dará "seguridad y certidumbre" a los autónomos y resolverá "una gran anomalía", ya que los autónomos "no contribuían de acuerdo con sus ingresos netos" y generaba "bastante inequidad y debilidad de la acción protectora".
Con el nuevo Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los trabajadores por cuenta propia pasarán a cotizar en función de lo que ganan, al igual que los asalariados, y no lo que elijan, lo que hace que casi nueve de cada diez pague lo mínimo posible.
15 tramos
Este nuevo sistema de cotización para autónomos consiste en un modelo progresivo de cuotas que se va a desplegar a lo largo de tres años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajarán su cuota, mientras que se verá incrementada para los que más ganen.
Así, el nuevo sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos, que deberá comunicar a la Seguridad Social.
Mientras que los primeros tramos van a suponer una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima, en los tramos más altos se incrementará.
Su entrada en vigor se producirá el 1 de enero de 2023 con una cuota mínima de 230 euros y una máxima de 500. En el año 2024 las cotizaciones se encontrarán entre los 225 y los 530 euros. Y finalmente, en 2025, las cuotas de autónomos quedarán encuadradas entre los 200 y los 590 euros.
Además, podrán cambiar de tramo hasta seis veces al año (cada dos meses) en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios.
De esta forma, al acabar cada ejercicio el autónomo tendrá que regularizar sus cotizaciones a la Administración. Así, se tendrán que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el años.
Rendimientos netos del autónomo
Uno de los aspectos más complejos, y que mayor debate ha generado durante la negociación del nuevo sistema, ha sido el de cómo se determinarán los rendimientos netos del autónomo. Desde el Gobierno han delimitado el concepto de rendimientos netos de la siguiente manera:
"Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente."
Tarifa plana de 80 euros
Con el nuevo sistema la tarifa plana para autónomos pasará a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de los ingresos del trabajador por cuenta propia.
Y en los siguientes 12 meses el autónomo va a seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del salario mínimo.
Finalmente, pasará a entrar en el nuevo sistema de cotización por tramos en función de sus ingresos reales.