Cinco años. Ese fue el período durante el que un hombre de 52 años estuvo abusando sexualmente de una menor en Cantabria. La sentencia de este caso venía a imponer justicia por todo lo sucedido. Sin embargo, la decisión del magistrado ha sido, cuando menos, polémica.
Al parecer, la acusación había solicitado para el agresor entre nueve y diez años de prisión. Sin embargo, su pena al final ha quedado reducida a tres. ¿La razón? El juez no considera que la menor opusiera resistencia.
Según relata el auto, los hechos se produjeron entre 2005 y 2010 en la propia vivienda del procesado y en una caseta de obras acondicionada en el jardín de su casa. Allí llevaba a la niña valiéndose de la amistad y confianza que tenía con su familia.
La sala se ha mostrado "firmemente convencida" de que durante todo ese período, el acusado efectuó tocamientos y actos lascivos que "cada vez fueron a más". Sin embargo, no considera probado que utilizara la violencia física o la intimidación para realizarlos y asegura que no está probado que la niña "opusiera resistencia física o protestara, llorara o gritara".
Al parecer, el agresor realizaba regalos a la niña "para contentarla", tales como consolas, ordenadores portátiles o teléfonos móviles y en eso se han basado para la reducción de la pena. Sin embargo, también aseguran que llama la atención su "fijación" con la niña, y entiende que "no es lógico" que un hombre "de entre 57 y 62 años esté largos espacios de tiempo con una niña de tan corta edad o que fuera siempre al colegio para llevársela a su casa".
"Una niña de 5, 6, 7 o más años no va voluntariamente a una casa donde su morador la pega, la agrede, la coacciona o la intimida. La niña no era llevada a la casa del procesado: iba ella sola", resume la sentencia.
El juez ha querido valerse en todo momento del testimonio de la menor, de la que ha señalado la "persistencia" de su relato y ha descartado que cuente con una "versión fabulada o inventada".