El próximo 28 de mayo se celebran elecciones municipales y autonómicas en la mayoría del territorio español. Varios millones de españoles serán llamados a las urnas para votar, lo que implica que también habrá personas que serán convocadas para integrar los grupos de las mesas electorales, formados por un presidente y dos vocales.
La elección de estos integrantes se realiza mediante sorteo entre todos los ciudadanos que cumplan unos requisitos mínimos:
Este sorteo ha sido realizado entre los días 28 de abril y 2 de mayo y se ha notificado a los elegidos a través de carta certificada en un plazo máximo de tres días. Con dicha notificación, se ha entregado de la misma manera un manual de instrucciones sobre las labores que se han de desempeñar en la mesa.
En el caso de que una persona haya sido convocada para formar parte de esta mesa como presidente, vocal o suplente deberá de acudir al colegio electoral. En el caso de no hacerlo será considerado como delito y podrá acarrear penas de prisión o multas.
Multas y sanciones
Esto se expone en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) de esta manera: "El Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses". En el caso de no presentarse se considerará como un delito "por abandono o incumplimiento de las mesas".
Una mujer de la localidad de Hervás, en Cáceres, no acudió a la mesa en las elecciones europeas de 2014, por lo que la Fiscalía solicitó para ella una multa de 4.800 euros, que fue rebajada hasta los 2.400 euros. Otro es el caso de un hombre que no se presentó a la mesa en la que había sido convocado en las elecciones europeas de 2019. La Justicia pidió para él una pena de 18 meses de multa por los que tendría que pagar 20 euros al día, lo que daría un total de 10.800 euros, pero finalmente aceptó una sanción de 1.800 euros.
En el caso de que alguien no pueda acudir, deberá de justificar la causa y presentarla en un plazo de siete días. La respuesta de la Junta Electoral se elaborará los 5 días siguientes.