Nos encontramos en plena inflación y repostar supone, cada vez, más dinero para nuestros bolsillos. A ello, se puede sumar un nuevo pellizco por incumplir las normas de la Dirección General de Tráfico (DGT), que asciende hasta los 100 euros.
El organismo recoge las sanciones a las que se enfrentan aquellos conductores que ponen en riesgo la seguridad del resto de usuarios de gasolineras. Por ello, es conveniente tener cuidado con determinados detalles si no queremos sufrir un susto en nuestra cartera.
A la hora de repostar, como al conducir, hay que cumplir una serie de reglas. Se encuentran recogidas en el punto 3 del artículo 115 del Reglamento de Circulación en España. En él, queda establecida la obligación de apagar el motor del vehículo para llenar el depósito.
"Para cargar combustible en el depósito de un vehículo, este debe hallarse con el motor parado. Los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga si no está parado el motor y apagadas las luces de los vehículos, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles", señala la norma.
Las instrucciones son claras: el motor del coche tiene que estar apagado, se tiene que desconectar la radio o el sistema de navegación y no se debe utilizar el teléfono móvil, una indicación que se puede apreciar en la cartelería de las gasolineras. El objetivo es evitar un posible incendio o explosión. En el caso del teléfono móvil, esto podría ocurrir al haber contacto entre alguna chispa o radiación electromagnética y los vapores de los combustibles.
Sanciones
En el caso de incumplir esta normativa, los conductores podrían enfrentar sanciones hasta los 100 euros en el caso de que un agente los sorprenda cometiendo una infracción. Este hecho no solo supone un grave riesgo para la seguridad de las personas, sino que también supondrá un gasto inesperado para los conductores, en plena inflación.