El plan es uno de los alimentos más consumidos en España, ya que se incluye como complemento en todo tipo de comidas. Por ello, la gran mayoría de los consumidores seguramente han notado un cambio de sabor: la nueva norma de calidad de este producto obligará a introducir menos sal.
Se establece ahora un límite máximo de contenido en sal permitido en el pan común, como producto acabado, de 1,31 gramos por 100 gramos de pan (13,1g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,52 g de sodio por 100 g de pan) si se analiza mediante determinación de cloruros o de 1,66 gramos de sal por 100 gramos de pan (16,6 g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,66 g de sodio por 100 g de pan), si se analiza mediante determinación de sodio total.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda una ingesta de sal entre 2 y 5 gramos al día. En España, según señalan los profesionales de la salud, se consumen una media de 9 gramos, lo que aumenta el riesgo de sufrir enfermedades cardiovasculares. Los expertos aseguran que con el nuevo límite se reducirá aproximadamente el 20% de la sal oculta en nuestro día a día.
El pan integral
La normativa también contempla requisitos más estrictos para considerar qué representa un pan integral. Ahora se exige que el 100% de la harina empleada sea integral. Aquellos panes integrales o elaborados con otros cereales que no estén elaborados de forma exclusiva con este tipo de harinas tendrán que llevar indicado el porcentaje de harina en el etiquetado.
Además, se amplía la definición de 'harina común', incluyendo panes elaborados con harinas integrales o que incorporen salvado de cereales, cuyo consumo es altamente recomendado porque aportan más calidad nutricional por su elevado aporte de fibra.
Otra de las novedades consiste en concretar la definición de masa madre, que se preserva a un tipo de elaboración limitada al uso de levaduras industriales y se establecen los requisitos para utilizar la denominación 'elaborado con masa madre'.
La norma de calidad del pan se aprobó en abril de 2019 (Real Decreto 308/2019, BOE de 11 de mayo) y entró en vigor el 1 de julio de 2019, pero se pospuso hasta el pasado viernes con la finalidad de que poco a poco los fabricantes pudieran adaptar sus procesos de producción y evitar que afectara al consumo de pan, según ha explicado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un comunicado.
Pan artesano
Finalmente, la ley también señala cómo se deberá considerar la elaboración del pan artesano, sobre el que deberá primar el factor humano frente al mecánico y los requisitos que se deben cumplir para poder incluir esta mención en el etiquetado de los productos. En el caso de pan de otros cereales, también se incluyen requisitos más estrictos, estableciéndose por ejemplo para el pan de centeno que sea elaborado solo con ese tipo de harina.
Finalmente, se garantiza un alto nivel de calidad de los productos y mejora la información que reciben los consumidores, clarificando las denominaciones de venta, así como el resto de información voluntaria que pueden utilizar los operadores.