En 2016 la Asamblea de Madrid aprobó la Ley de Protección Integral contra la LGTBIfobia, y posteriormente entró en vigor con el apoyo y la admisión por unanimidad de todos los grupos parlamentarios líderes por aquel entonces, incluidos PP, PSOE, Podemos y Ciudadanos. Además, esta norma también fue acogida con satisfacción por todas las asociaciones que luchan por los derechos LGTBI (Acrópoli, Triángulo, Cogam...). Pero, como era de esperar, no agradó a todos.
A pesar de que esta regulación específica contra la discriminación por diversidad sexual y de género también se puso en marcha en otras comunidades autónomas, esto dio pie a que los colectivos más conservadores se unieran para luchar por su derogación. Con este motivo, unas cincuenta asociaciones civiles, católicas, provida, de familias numerosas y de padres separados formaron en 2016 la Plataforma por las Libertades.
Esta iniciativa estuvo suscrita por varios miembros que a día de hoy son diputados y dirigentes de VOX, la formación ultraderechista encabezada por Santiago Abascal. Entre otros, se adhirieron a esta plataforma Rocío Monasterio, la candidata del partido a la Comunidad de Madrid, o Mariano Calabuig, diputado de VOX en la Asamblea de Madrid y también exdirector del Foro de la Familia. En la lista también se encontraban el presidente de Hazte Oír, Ignacio Arsuaga, y Jaime Mayor Oreja, de la Fundación Valor y Sociedad.
Libertad de someterse a terapia
Cabe destacar que la coordinadora de la plataforma fue una ex del PP, que ahora milita en VOX, Lourdes Méndez. Fue ella misma quien en su momento lamentó que se prohibieran los "tratamientos para revertir el sexo hacia la heterosexualidad". Precisamente esta idea fue la que desde la Plataforma por las Libertades quisieron plasmar en el manifiesto con el que se presentaron públicamente.
Entre otros puntos, en el texto defendían "el derecho a la autonomía del paciente y a la libertad individual ante leyes que prohíben someterse a una terapia de reorientación de la inclinación sexual cuando se trate de revertirla a la heterosexualidad, incluso si esa fuera la voluntad de la persona y solicitara tal terapia, además se sanciona al profesional que se preste a ayudarle en su legítima pretensión". Además, en el manifiesto se advertía que "pueden incluso ser denunciados los padres por violencia familiar si acuden con su hijo a un psicólogo para consultarle sobre sus deseos o aplicar una terapia de ese tipo".
En este sentido, Monasterio ha relanzado la polémica publicando en su cuenta de Twitter solo uno de los puntos recogidos en el manifiesto, alegando que "hay que ver qué cosas tan extraordinarias pedimos desde la Plataforma por las Libertades: libertad de los padres para educar a nuestros hijos según nuestros valores. ¡Qué barbaridad!".
Hay que ver que cosas tan extraordinarias pedimos desde la Plataforma por las Libertades: libertad de los padres para educar a nuestros hijos según nuestros valores????¡qué barbaridad! #IdeologíaDeGéneropic.twitter.com/helHpfyrYx
— Rocio Monasterio (@monasterioR) June 4, 2019
"Una ideología anticientífica"
Analizando el manifiesto íntegro al que ha tenido acceso El Español, se puede deducir que la plataforma venía a negar la prohibición de las conocidas terapias de conversión, las mismas que buscan cambiar la orientación sexual de una persona. Con este fin la plataforma pedía derogar las leyes contra la LGTBIfobia, con la siguiente denuncia: "lejos de promover la igualdad y no discriminación, tratan de imponer una ideología implacable y anticientífica que atenta contra la libertad de los ciudadanos". Además, esta Plataforma por las Libertades calificaba de "atropello político" la publicación y puesta en marcha de las que consideraban "leyes totalitarias" que "impone la doctrina de lobby LGTBI".
Cabe destacar que estas terapias aversivas que tratan de "curar la homosexualidad", son consideradas por la actual ley madrileña como infracción "muy grave", sancionada con una multa desde los 20.001 hasta los 45.000 euros. A esta sanción económica se le pueden sumar otras penas accesorias como la inhabitación temporal o la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Comunidad durante 3 años.