Hace muy poco conocimos la noticia de que las personas con deficiencias sensoriales necesitarían un permiso médico para contraer matrimonio debido a la modificación del artículo 56 del Código Civil. El artículo quedará de la siguiente manera: "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento".
Esta modificación ha creado una gran indignación entre las personas sordas y ciegas. En palabras de Miguel Ángel Méndez, presidente del Consejo Territorial de la ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles) en Canarias, se da por hecho "que una persona con discapacidad visual y auditiva no es capaz de entender lo que significa un matrimonio. Me están diciendo que no tengo las facultades para poder entender lo que es el matrimonio".
Esta medida ha sido considerada como discriminatoria hacia las personas con discapacidad sensorial, por lo que la ONCE ya se ha puesto manos a la obra para tumbarla. Junto con CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) ha denunciado esta modificación por ser contraria a los preceptos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, según recoge Público.
Y parece que ha surtido efecto: la ONCE ha emitido un comunicado en el que asegura que "existe acuerdo político para modificar el artículo" y que "mientras se aborda el trámite de modificación de la normativa", la Dirección General de los Registros y del Notariado lanzará una propuesta ante la "aplicación restrictiva, excepcional y limitada" de la Ley. De esta manera, solo podría exigirse un permiso médico a personas ciegas y sordas si "alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas".
Si todo va bien, la propuesta de la ONCE será escuchada. Pero, ¿no sería mejor no modificar el Código Civil y dejarlo como está? Recordemos que ahora recalca que "si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento". Tiene más sentido que modificarlo para tener que hacer una norma que lo invalide.