Es objetivo del Gobierno atajar el desperdicio de comida. Así, ha presentado un proyecto de ley para reducir el desecho de la basura de los alimentos sin consumir de toda la cadena alimentaria, desde la cosecha de los productos hasta el hogar. La iniciativa, que comenzará ahora su trámite parlamentario, estipula que las empresas de la cadena deberán contar con un plan de prevención para minimizar las pérdidas y destinar los alimentos a otros usos.
La prioridad estará en el consumo humano, aunque también se plantea que los restos de alimentos se utilicen para producir comida de animales o fertilizantes.
El ministro de Agricultura y Pesca, Luis Planas, ha calificado la ley de "pionera", puesto que solo Francia e Italia cuentan con una legislación similar. Con esta nueva ley, España plantará cara a las consecuencias sociales, económicas, ambientales y éticas que acompañan al desperdicio de alimentos.
El proyecto de ley
Este proyecto de ley cuenta con 15 artículos, cuatro disposiciones finales y una adicional, según ha insistido Planas. Se espera que su puesta en marcha sea para el 1 de enero del próximo año 2023.
La ley busca establecer un modelo de buenas prácticas para que haya una drástica reducción del desecho de alimentos sin consumir que acaba en la basura y fomentar un mejor aprovechamiento de los mismos.
La hostelería deberá facilitar el 'para llevar'
Los establecimientos de hostelería y otros servicios alimentarios tendrán que ofrecer a sus clientes la posibilidad de que se lleven, sin coste adicional, lo que no han consumido. Asímismo, tendrán que informar de que pueden solicitarlo de manera visible, preferentemente en la carta o menú. Además, deben disponer de envases aptos que sean reutilizables y reciclables.
Las instituciones como centros sanitarios y educativos o residencias que ofrezcan catering o servicio de comedor, sea con medios propios o ajenos, deberán contar también con programas de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario que cumplan igualmente la jerarquía de prioridades establecida en la ley.
La donación a bancos de alimentos
Para la donación de alimentos, los establecimientos comerciales, de hostelería y restauración deberán tener suscritos convenios con las organizaciones receptoras. En los contratos se deben recoger específicamente las condiciones de recogida, almacenamiento y transporte y la selección de alimentos, entre otros aspectos.
Los alimentos que se donen deberán tener suficiente vida útil de almacenamiento para hacer posible su distribución y uso seguro a sus destinatarios finales.
Como recoge el artículo 7 de la ley, tanto las empresas donantes como las organizaciones receptoras están obligadas a garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los mismos.
La ley contempla cuatro tipos de sanciones en materia de donación de alimentos que pueden ser penadas con multas que van de 6.001 euros a 150.000 euros.
Otros usos para los alimentos no vendidos
Por otro lado, el proyecto de ley contempla la transformación de alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas en otros aspectos como pueden ser los zumos o mermeladas y los que ya no sean aptos para consumo humano.
Planas ha señalado que cuando los alimentos ya no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será, por este orden, la alimentación animal y fabricación de piensos, el uso como subproductos en otra industria ya como residuos, y la obtención de compost o biocombustibles.
Las grandes superficies tendrán que vender productos 'feos' pero óptimos
Otra de las medidas es que los establecimientos comerciales dispongan de una línea de productos "feos, imperfectos o poco estéticos", para promover el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos.
Con esto se pretende incentivar que la cadena alimentaria ajuste la fechas de consumo preferente de sus productos hasta el máximo para que se garantice una adecuada calidad.