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Estrasburgo condena a España por violar la libertad de expresión de dos jóvenes que quemaron fotos del rey

El Tribuna Europeo de Derechos Humanos condena al Estado a indemnizar con 9.000 euros a los jóvenes.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España por vulnear la libertad de expresión de dos jóvenes que quemaron fotografías de los monarcas en 2007, por lo que fueron condenados a pagar cada uno de ellos una multa de 2.700 euros por un delito injurias a la Corona

El caso se remonta a 2007 durante la visita de Juan Carlos I y Sofía a Girona, lo que motivó que movimientos independentistas y antimonárquicos organizaran una manifestación contra los por entonces reyes de España. En la concentración, Enric Stern y Jaume Roura, dos de las participantes en la protesta quemaron imágenes de los monarcas.

Ambos fueron condenados a quince meses de prisión que fueron finalmente sustituídos por una multa por injurias a la corona. El Tribunal Constitucional les negó el amparo alegando que habían cometido un delito de odio incitando a la violencia contra las reyes, por lo que los jóvenes recurrieron finalmente a Europa por la "injerencia injustificada" que, a su juicio, supuso la condena en su derecho a la libertad de expresión.

Una década después del caso, la sentencia de Estrasburgo ha sido clara al señalar que ninguno de los actos por lo que les condenó la justicia española pueden ser encuadrados como delito de odio. Los magistrados establecen que se vulneró el artículo 10 de la Covención Europea de Derechos Humanos al castigar penalmente a los jóvenes, por lo que condena a España a devolver los 2.700 euros de multa a los que fueron sancionados así como a indemnizarlos con 9.000 euros.

Europa da la razón a Enric Stern y Jaume Roura protegiendo la libertad de expresión
"Europa da la razón a Enric Stern y Jaume Roura protegiendo la libertad de expresión"

¿Injurias a la corona?

La Justicia europea señala a España que tratar las injurias a la Corona como un delito de odio "sería perjudicial para el pluralismo, la tolerancia y el espíritu que permite que haya una sociedad democrática". Los magistrados europeos niegan por completo que la quema de fotos de los monarcas puedan ser consideradas como incitadoras al odio, y recuerda que este tipo de delitos protegen a minorías discriminadas por su raza o su condición sexual.

El Tribunal entiende que la quema de las fotografías formar parte de "la crítica política" y alega además que "el interés de un Estado de proteger la reputación de su propio Jefe de Estado no puede justificar otorgarle un privilegio especial o protección frente al derecho a informar y expresar opiniones a su sujeto".

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