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La Justicia declara legal la obra del ático de lujo del novio de Ayuso: Almeida no recurre

La Justicia desestima por completo todos los argumentos que había esgrimido el Ayuntamiento de Madrid en la causa.

La Justicia declara legal la obra del ático de lujo del novio de Ayuso: Almeida no recurre

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 14 de Madrid ha dado la razón a la pareja de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador, en la batalla legal que mantenía contra el Ayuntamiento de Madrid por las obras del ático de lujo en el que reside.

La sentencia indica que las declaraciones responsables para el acondicionamiento de su vivienda fueron correctas y desestima los argumentos del Consistorio. El juzgado indica que Amador presentó toda la documentación requerida de forma adecuada y el Ayuntamiento rechaza por tanto recurrir.

La causa se inició por la tramitación de los permisos necesarios para la reforma de la vivienda de lujo en la que reside la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. El Ayuntamiento mantenía que las obras requerían tramitar una licencia, pero la pareja de Ayuso recurrió al considerar que bastaba con una mera declaración responsable que luego amplió.

Archivada la causa contra el novio de Ayuso

Alberto González Amador presentó una primera declaración responsable en agosto de 2022 que hacía referencia exclusiva a las obras de demolición que quería realizar con carácter previo a las futuras obras de acondicionamiento parcial de la vivienda. Cuando finalizaron, en octubre de 2022, presentó una segunda declaración responsable ya destinada a las obras.

El novio de Ayuso, Alberto González Amador
El novio de Ayuso, Alberto González Amador Captura

Sin embargo, el Ayuntamiento no atendió a aquella segunda declaración responsable y declaró que las obras se "efectuaron sin título habilitan", por lo que ido orden de legalización. El Consistorio afirmaba que la demolición no se podía luego ampliar, pero el Juzgado no solo asegura que lo era, sino que destaca que se obvió el informe técnico presentado.

El texto añade que la Administración entendía que no se podía llevar a cabo la ampliación con un expediente de declaración responsable, pero que "dio trámite a dicha petición y llevó a cabo actuaciones tendentes a la comprobación de las nuevas obras comunicadas por el recurrente", con fecha de 28 de octubre de 2022.

Las obras hacían referencia a la colocación de nuevas instalaciones de saneamiento, fontanería, calefacción, electricidad, gas y aire acondicionado; nuevo mobiliario de cocina; nuevos falsos techos, sanitarios, solados y alicatados; pintura; ACS mediante calentador de gas y sustitución de carpintería (puertas y ventanas).

Por otro lado, la sentencia también destaca "una clara falta de respuesta por parte de la administración local en cuanto a la segunda solicitud formulada por el recurrente, por cuanto no se hace mención alguna a las obras de acondicionamiento recogidas en la memoria adjuntada posteriormente".

El fallo no admite recurso y anula de este modo la orden que dio el Ayuntamiento de Madrid al empresario y pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid "por no ser conforme a derecho", por lo que queda sin efecto. También le impone las costas procesales, a cargo del Consistorio.

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