Karen May Bacdayan, jueza del Tribunal Civil de Nueva York, ha dado un gran paso para el futuro de las relaciones interpersonales dando luz verde a las uniones poliamorosas.
"Ha llegado el momento ". Así expresó la jueza su posición ante el fallo del 'caso de West 49th St., LLC v. O'Neill' en donde se dictaminó que las personas en relaciones poliamorosas tienen los mismos derechos legales que una pareja compuesta únicamente por dos personas, que es precisamente lo que recoge la anterior ley sentenciada en 1989.
La decisión de la magistrada está unida a la necesidad inminente de actualizar dicha ley, pues el concepto de familia ha cambiado y las personas de una relación poligámica también tienen derecho a una protección legal que en muchos casos es rechazada de forma automática.
Dicho descarte es precisamente lo que ocurrió con el presente caso. Este gira entorno a tres personas: Scott Anderson, Markyus O'Neill y Robert Romano. Anderson vivía O'Neill, su novio, y a la vez tenía un cónyuge residiendo en otro piso. Con la muerte de este último, Anderson quiso renovar el contrato de alquiler. Sin embargo, los dueños del piso se opusieron porque no estaba casado con su otro novio, quien se justificó diciendo que "era un miembro de la familia no tradicional".
Para contextualizar su fallo, la jueza hizo referencia a un célebre caso en Estados Unidos, el 'caso Braschi v. Stahl Assocs. Co., 74 NY2d 201 (1989)'. En este se dictó que una relación de dos personas del mismo sexo tiene derecho a ser reconocida legalmente. Escribió en su opinión: "Braschi es ampliamente considerado como un catalizador para los desafíos legales y los cambios que siguieron".
La jueza sostiene que ese caso presenta un tema distinto y complejo de la multiplicidad significativa, pero lo utiliza, en definitiva, para ilustrar que el 'caso West 49th St., LLC v. O'Neill' brinda la posibilidad de apelar a una interpretación amplia de la ley para beneficiar a las partes y consolidarse como una puerta de entrada para comenzar a tratar la poligamia dentro de la ley.
La metamorfosis de la definición de "familia"
Bacdayan ha explicado también que los derechos y las leyes han evolucionado mucho desde la ley de 1989 hasta la actualidad. "Lo que era normal o tradicional en 1989, no lo es hoy", profundiza, y añade: "De hecho, la definición de 'familia' se ha transformado considerablemente desde 1989. Específicamente, se han escrito muchos artículos sobre las relaciones entre varias personas en los últimos años, lo que revela una preferencia que algunos conocen desde hace mucho tiempo.
Ante esto, la jueza cuestionó por qué se inserta la limitación de dos personas en la definición de "relación de parentesco". Respecto a esto, finalizó haciendo un llamado que replantea las nuevas formas de relación: "¿Todas las relaciones no tradicionales tienen que comprender o incluir solo dos personas principales?".