El Tribunal Supremo ha denegado la custodia compartida a un padre de Murcia porque, a su juicio, "trabaja demasiado". El letrado también ha señalado que el progenitor mantiene varios trabajos con horarios intensivos, por lo que no podrá tener la custodia de su hijo.
Según el diario La Opinión el auto del Supremo se emite después de que el padre mostrara su intención y disposición a pasar un mayor tiempo con sus hijos. La custodia de los menores, por tanto, quedará exclusivamente bajo su madre.
El juez señala, además, que "su profesión como letrado en un despacho profesional, labor que compatilibiliza con la de profesor de artes marciales en un gimnasio y la inexistencia de horario profesional predeterminado haría muy difícil el funcionamiento de una guarda y custodia compartida".
En la sentencia, también se señala que "la dinámica familiar se caracterizó por un reparto tradicional de roles, en el que la madre era la cuidadora principal de los menores y el padre desarrollaba una amplia actividad laboral". A pesar de ello, se destaca que con la ruptura de la pareja se produjo "una mayor implicación del padre".
A pesar de ello y "de acuerdo al informe psicológico-forense, la custodia compartida no resulta aconsejable y podría suponer un prejuicio psicológico para los menores", tal y como informa el citado diario.
Sin capacidad de recurso
El padre recurrió previamente la sentencia al considerarla injusta y mostró su interés explícito en poder mantener la custodia compartida de sus hijos. También mostró su deseo de "pasar más tiempo" con sus hijos.
Sin embargo, el Tribunal finalmente no admitirá más recursos del hombre y declara firme la sentencia que la Audiencia Provincial de Murcia dictó en su momento. Contra esta resolución del Supremo ya no cabe recurso, por lo que se han agotado todas las vías judiciales.