Un agente de la Guardia Urbana de Barcelona ha sido condenado a seis meses de cárcel y dos años de inhabilitación por amenazar y maltratar a un hombre detenido en comisaría. Para ello, ha sido fundamental la existencia de una grabación donde se escucha al agente amenazando al detenido: esta pieza ha sido clave en la condena.
Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 30 de junio de 2016, pero no ha habido sentencia hasta hoy martes. La víctima de la agresión era un ciclista que estaba volviendo a casa y se encontró con un agente de la Guardia Urbana volviendo en coche, en dirección a la sede de Ciutat Vella, que empezaba a trabajar a las 06:00 horas.
Según el testimonio de la víctima, el guardia urbano, que en aquel momento todavía no estaba de servicio, empezó a increpar al joven desde el coche, momento en que se inició la discusión, que se fue calentando, hasta el punto de que llegaron dos agentes más y llevaron a todo hasta la Unidad Territorial de la Guardia Urbana del Distrito de Ciutat Vella.
Cuando ya se encontraba allí, el agente condenado, identificado con el nombre de L., empezó a verter todo tipo de amenazas contra el detenido: "Te reviento. Esto lo pagarás: Soy policía". Las amenazas aparecen registradas en un audio de 17 minutos de duración que fue recogido por el denunciante en el que el guardia urbano repite varias veces: "Te reventaré".
En el audio, además, se puede escuchar cómo pega al detenido: según la víctima, solo pegó a L., aunque en la sala había otros dos agentes que presenciaron toda la escena y en ningún momento hicieron nada para evitarlo. En las primeras declaraciones, el acusado, L., mintió y dio que no había estado en la comisaría con el detenido, algo que se ha podido demostrar que era falso.
La acusación pedía penas más elevadas y que se condenara al agente por un delito contra la integridad moral grave, ya que la víctima presentaba además estrés postraumático. Sin embargo, tras corroborar la autenticidad de los audios presentados, la Audiencia de Barcelona finalmente ha tomado la decisión de condenar a L.T., a seis meses de prisión y dos años de inhabilitación en cualquier cargo público. También tendrá que pagar una indemnización de 3.000 euros a la víctima por un delito menos grave contra su integridad moral.
Absuelto del delito de lesiones
La Asociación Irídia lamenta que se haya absuelto al policía de delito de lesiones, que solicitaban tanto esta entidad como la acusación particular y la fiscalía. La entidad, sin embargo, califica la sentencia como una noticia positiva y necesaria, aunque "limitada", puesto que reclamaba una pena mayor por las lesiones, ya que los médicos forenses constataron que el hombre tenía estrés postraumático. Además, se reclamaba un delito de integridad moral grave, castigado ente los dos y cuatro años de cárcel.
La asociación lamenta que ninguno de los agentes presentes haya declarado "ni explicado la verdad" y añade: "Esto demuestra que se tiene que avanzar mucho para modificar la cultura policial del silencio corporativo por una posición corporativa de denuncia de aquellos y aquellas agentes que se hagan malas prácticas o incluso actos delictivos".
Por todo ello, ha reclamado una revisión profunda de los mecanismos internos y externos de control, evaluación, investigación y sanción de los cuerpos policiales. Además, ha considerado "intolerable" que no hayan aparecido las imágenes de la grabación de la comisaría en el procedimiento. Irídia ha reclamado que estas imágenes, también las de los vehículos de traslado, no se borren durante seis meses, c como ha explicado el abogado de la organización, Andrés García Berrio.