La Generalitat de Cataluña ha impuesto una multa de 20.000 euros a la organización ultracatólica Hazte Oír por "discurso de odio" contra las personas trans por el autobús tránsfobo que desplegó en noviembre en Barcelona. Se trata de la segunda multa que el Govern impone contra esta asociación, ya que la primera fue anulada por la Justicia.
Los Mossos d'Esquadra y la Guardia Urbana de Barcelona inmovilizaron el autobús el pasado mes de noviembre en la capital catalana. La intervención se produjo después de recibir una denuncia por parte de la oficina de igualdad de trato y no discriminación de la Generalitat.
Aturem a Barcelona aquest bus de @hazteoir en compliment de la denúncia de l'Oficina d'Igualtat de Tracte i No Discriminació pic.twitter.com/bHN4sEz1Oz
— Mossos (@mossos) November 10, 2022
Después de haber concluido el expediente sancionador, la oficina finalmente ha acordado imponer una multa a Hazte Oír de 20.000 euros, ya que considera que el autobús tránsfobo ha incurrido en una infracción grave recogida en la ley catalana de igualdad de trato y contra la discriminación.
La portavoz del Govern, Patrícia Plaja, explica que el autobús de Hazte Oír "menoscaba" la dignidad de las personas trans, ya que supone un atentado al derecho a la identidad de género. El Gobierno catalán ha lanzado un mensaje firme contra la organización ultracatólica, ya que considera que "los discursos de odio no tienen cabida en Cataluña".
No es la primera vez
No es la primera ocasión en la que circula el autobús tránsfobo de HazteOír. La organización ultracatólica ya ha lanzado en varias ocasiones el autobús contra la ley trans. En 2017, por ejemplo, los Mossos inmovilizaron el autobús antes de que llegara a Barcelona después de otro expediente sancionador de la Generalitat que finalmente fue anulado por los tribunales.
Un juzgado de Barcelona dio finalmente la razón a HazteOír y revocó la multa impuesta por la Generalitat de Cataluña por pasear el autobús con mensajes de odio contra los menores trans. La Justicia consideraba que el mensaje "los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Lo dice la Biología" no es discriminatorio por razón de identidad sexual.
La sentencia indicaba que los mensajes "no comportan aislamiento, rechazo o menosprecio público, notorio y explícito de ninguna persona en atención a su sexualidad", algo con lo que no comulgaba la Generalitat, que impuso 1.707 euros por la ley de discriminación al colectivo LGTBI. La sentencia obligaba a anular la multa y condenaba a la Generalitat a pagar las costas, con un límite de 100 euros.