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El Gobierno aprueba la Ley de Familias: estos son los nuevos términos, permisos y ayudas disponibles

Se ha dado luz verde de manera definitiva a la norma que reconoce nuevos tipos de familias, permisos parentales y ayudas.

El Gobierno aprueba la Ley de Familias: estos son los nuevos términos, permisos y ayudas disponibles

El Consejo de Ministros ha aprobado la Ley de Familias, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de Ione Belarra. La norma ya había sido aprobada con su anteproyecto en diciembre y, ahora, se remitirá al Congreso de los Diputados donde se solicitará su tramitación por la vía de urgencia.

El texto ha sufrido una serie de cambios desde su primera lectura, sin embargo, el único realmente sustancial ha sido sobre la prohibición del pin o censura parental, que causó cierta polémica. Esta medida ha sido finalmente retirada por recomendación del Consejo de Estado porque ya aparece en la Ley de Educación.

Belarra ha confirmado la noticia en sus redes sociales a través de un vídeo donde explica las medidas de esta norma, centradas en solucionar la "emergencia de la conciliación en España". Entre ellas, se incluyen tres nuevos permisos para conciliación y cuidados, además de la consideración de nuevos modelos familiares.

El texto se articula en torno a cuatro pilares principales:

  • La ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza
  • Avanzar en la garantía del derecho a la conciliación
  • El pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España
  • El reconocimiento y protección de los derechos de los niños y adolescentes

Permisos para conciliación y cuidados

Los nuevos permisos que contempla esta ley no son solo los de paternidad y maternidad, si nos que respectan también a los cuidados hacia otros familiares o convivientes. Además, todas estas bajas serán de carácter retribuido y contemplan las situaciones de urgencia en las que se pueda encontrar algún miembro de la familia.

  • Los trabajadores contarán con un permiso retribuido de cinco días al año para atender a un familiar hasta segundo grado o a un conviviente, con o sin relación de parentesco en caso de hospitalización, accidente, enfermedad grave o intervención quirúrgica.
  • Se incluye otro permiso retribuido de hasta cuatro días por "causas de fuerza mayor", por ejemplo, en casos de enfermedad o accidente. Se permite al trabajador ausentarse para atender a un familiar que requiera atención inmediata, y se podrá disfrutar por horas.
  • Se añade un permiso parental no retribuido de ocho semanas, para ayudar a la conciliación. En este caso se podrá usar para el cuidado de menores de hasta 8 años. Los trabajadores podrán disfrutarlo de manera continua o discontinua y a tiempo parcial o completo. Este será aplicado de forma progresiva hasta 2024.

Ayudas y protección social

Para la ampliación de la protección social a las familias, se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos, desde su nacimiento hasta cumplir los 3 años.Según los cálculos del departamento, esto beneficiará a unas 250.000 nuevas madres en España.

Esta renta que solo cobraban las madres trabajadoras, se amplía a las desempleadas que estén recibiendo una prestación, y a las que, sin reunir los requisitos anteriormente, coticen 30 días a partir del parto. Las mujeres que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal también recibirán el 100% de la prestación.

Cambios para el apoyo a la crianza

Uno de los grandes cambios que aporta esta ley afecta a la denominación que reciben las familias numerosas. Ahora, pasarán a formar parte de las 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza', en las que se incluyen otros modelos de familia. De esta manera se incorporarán unos 300.000 hogares de familias monoparentales con dos hijos. Se incluyen los siguientes.

  • Los hogares con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad (se fija el grado de discapacidad en el 33% en vez de en 65%)
  • Los encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.
  • Aquellos con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

Por otro lado, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza "de categoría especial" las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos.

Tipos de familias

Otro de los reconocimientos principales que contempla esta nueva ley recae sobre los distintos tipos de familia que ya existen en España, y su protección. De esta manera y según apunta el texto "las Administraciones Públicas competentes deberán garantizar el respeto a la diversidad familiar como principio del sistema educativo". En esta diversidad familiar se incluyen:

  • Las familias LGTBI, homomarental y homoparental
  • Familias de acogida o adopciones múltiples, interculturales o transnacionales
  • Familias de parejas de hecho. Esta ley la ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio
  • Familias monoparentales o monomarentales
  • Las familias múltiples, que son aquellas que tienen varios hijos o hijas a la vez. Estas serán consideradas como colectivo de especial protección y los hijos e hijas de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante

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