La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana (PP) ha decidido no multar al presentador de 'El Hormiguero', Pablo Motos, por un anuncio que subió en redes sociales promocionando una herramienta de terapia que presuntamente sirve para regenerar las células.
"Esta cámara rara, lo que hace es coger el aire de la habitación y la va a convertir en plasma atmosférico frío", promocionaba el presentador, con una herramienta que presuntamente sirve para "tres cosas fundamentales": regeneración celular, lucha contra el estrés crónico y envejecimiento.
Para dar mayor veracidad al anuncio, una doctora aparece ofreciendo una explicación científica y técnica muy detallada. A pesar de que resulta muy convincente, la realidad es que no tiene ningún tipo de base científica, como han denunciado expertos y catedráticos tras ver el anuncio.
Un anuncio que ya entonces censuró la ministra de Sanidad, Mónica García, como una promoción de pseudoterapias: "Las pseudoterapias solo tienen efectos en el bolsillo, en el mejor de los casos. La falta de evidencia científica no solo es un engaño: también puede poner en riesgo la salud", escribió entones en la red social X.
Una denuncia
Ante esta promoción, la asociación FACUA-Consumidores en Acción denunció al presentador y a la clínica donde se grabó el vídeo, Sha Wellnes Clinic. Sin embargo, ahora la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana, en manos del PP, ha decidido archivar y cerrar por completo dicha denuncia.
Como argumentos para justificar esta decisión, la Conselleria defiende que la empresa se ha comprometido a cumplir la normativa vigente y que la terapia "no se realiza dentro del recinto donde se ubica el centro sanitario Sha Wellness Clinic, y que se ha eliminado la publicidad con relación a dicha terapia como producto sanitario".
La asociación FACUA se ha pronunciado criticando dicha decisión, y argumenta que se corresponde con un tratamiento con pretendida finalidad terapéutica sin base científica, una práctica prohibida según se recoge en el artículo 4 Del Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria.
En dicho artículo se especifica que "queda prohibida cualquier clase de publicidad o promoción directa o indirecta, masiva o individualizada, de productos, materiales, sustancias, energías o métodos con pretendida finalidad sanitaria en los casos que atribuyan efectos preventivos o terapéuticos específicos que no estén respaldados por suficientes pruebas técnicas o científicas acreditadas y expresamente reconocidas por la Administración sanitaria del Estado".