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Franco no vuelve al Valle de los Caídos: el Supremo rechaza los recursos sobre su exhumación

La exhumación tuvo lugar el pasado mes de octubre pero sobre el papel quedaban tres recursos por resolver.

Franco no vuelve al Valle de los Caídos: el Supremo rechaza los recursos sobre su exhumación

Redacción

08 Julio 2020 09:42

El Tribunal Supremo ha dado carpetazo a la cuestión de la exhumación de Franco del Valle de los Caídos, la cual tuvo lugar el pasado mes de octubre después de que el altro tribunal duera luz verde al Gobierno para trasladar los restos del dictador al cementerio de El Pardo-Mingorrubio. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Adminstrativo aun tenía varios recursos que resolver sobre esta decisiób del Ejecutivo.

La Fundación Francisco Franco, la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos y la comunidad benedictina de la abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos presentaron sendos recursos contra los acuerdos del Consejo de Ministros de 15 de febrero y 15 de marzo de 2019 que fijaron los términos de la exhumación del dictador y su posterior inhumación en el cementerio de Mingorrubio.

Además, la Fundación también presentó otro por el acuerdo del Consejo, del 11 de octubre de 2019, que dio pie a la exhumación inmediata en ejecución de la sentencia del Supremo que rechazó los recursos de la familia Franco contra los planes del Gobierno. Finalmente el Supremo ha rechazado todos ellos.

Comunicado a las partes

Los restos de Franco fueron trasladado por aire del Valle de los Caídos al cementerio de Mingorrubio
"Los restos de Franco fueron trasladado por aire del Valle de los Caídos al cementerio de Mingorrubio"

La Sala de los Contencioso-Administrativo ha comunicado su decisión a las partes, aunque las sentencias con sus argumentos se conocerán en los próximos días. Cuando avaló la exhumación, el tribunal argumentó que el conjunto del Valle de los Caídos es un bien de titularidad pública estatal integrado en el Patrimonio Nacional, aunque se haya confiado su administración a la comunidad benedictina.

El Gobierno, según el tribunal, necesitaba autorización eclesiástica para acceder al templo, pero los la Iglesia no podía vetar la entrada al Ejecutivo. Además, los magistrados establecieron que la operación no requería licencia de obras y respaldó la decisión de llevar los restos al cementerio de El Pardo porque el Consejo de Ministros la adoptó cuando terminó el plazo de 15 días dado a los nietos para señalar otro destino.

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