María José Carrasco padecía esclerosis múltiple desde hace 30 años. Tras tanto tiempo sufriendo, la mujer ya tenía un 82% de discapacidad. Su marido, Ángel Hernández, que se encargaba de cuidarla y atenderla en todo momento, después de mucho tiempo se vio obligado a ayudarla a morir con dignidad tras esperar sin éxito a que los políticos se decidieran a regular la eutanasia.
Este debate se reabrió porque después de publicar la grabación en la que la pareja dejó constancia de la última voluntad de ella, en la que compartieron todo el proceso con los medios de comunicación, Hernández fue detenido. Tras ser investigado por un delito de cooperación al suicidio, el marido de Carrasco quedó en libertad sin medidas cautelares a la espera de juicio.
El caso se traslada a la Fiscalía de Violencia contra la Mujer
Posteriormente, la titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid que instruye el caso decidió trasladarlo a un juzgado de Violencia contra la Mujer. Por suerte, la Fiscalía en ese momento ya anunció que iba a recurrir el auto ya que "no comparte la postura del juzgado de Instrucción, que no está especializado, ni la interpreración de la doctrina del Tribunal Supremo sobre la delimitación del concepto de violencia de géneroen que se basa". Así lo aseguró Pilar Martín-Nájera, responsable de la Fiscalía de Violencia contra la Mujer, porque a su juicio, el caso está "bastante alejado de la violencia de género y no debería confundirse".
Ahora, la Fiscalía ya ha remitido un escrito a la jueza de Violencia sobre la Mujer número 5 de Madrid. En él rechaza definitivamente que se encargue de investigar los hechos ocurridos el 3 de abril de 2019, cuando Ángel ayudó a morir a su mujer, lo que se ha juzgado como un suicidio asistido.
No es violencia de género
En el texto, la Fiscalía explica que Ángel Hernández ayudó a su esposa a ingerir una sustancia, el pentobarbital sódico que ella misma había comprado cuando aún podía valerse algo por sí misma, para terminar con su vida. Pero se especifica también que fueron unos "hechos cometidos por petición expresa" de María José Carrasco, "dada la enfermedad que parecía". Así lo ha informado Público.
Para la Fiscalía General del Estado, el Juzgado número 5 de Violencia sobre la Mujer carece de competencia para conocer y tomar una decisión en este asunto específico, porque las diligencias abiertas a raíz del fallecimiento de María José Carrasco tienen por objeto la comisión de un delito de cooperación al suicidio.
Así la insititución cumple con su palabra después de anunciar que entienden que éste no es un caso de violencia de género porque no existe un contexto de "dominación y discriminación " del hombre sobre la mujer. Como ya dijo en su momento Martín- Nájera, "para apreciar que existe un delito de violencia sobre la mujer no es necesario un elemento subjetivo un móvil de humillación, pero no basta simplemente la relación entre hombre o mujer, sino que es necesario que esa relación sea de abuso, discriminación o dominación y yo creo que ese matiz es el que no ha atendido el juez de instrucción".