Se ha decidido por parte de la Fiscalía archivar la investigación contra el alumnado de la residencia de estudiantes Elas Ahuja de Madrid por los cánticos machistas dirigidos a los vecinos del Colegio Mayor Santa Mónica la noche del 2 de octubre de 2022. Movimiento Contra la Intolerancia presentó una denuncia tras determinar que las circunstancias se podrían calificar como un delito de odio, por lo que se abrió el proceso.
En febrero del año pasado, el estudiante que inició los cánticos y los demás compañeros se sumaron para decirle al fiscal que los gritos a sus compañeras de Santa Mónica eran parte de "una broma" y que se trataba de "una tradición", negando que su objetivo fuera burlarse de las chicas.
En un video que se hizo viral en octubre del año pasado, se ve a los residentes de esta residencia de la Universidad Complutense de Madrid intimidando a sus vecinas llamándolas "ninfomanías" y "putas" y diciéndoles "os vamos a follar"".
Colegio Mayor ultracatólico Elías Ahuja en Madrid: "¡Putas, salid de vuestras madrigueras como conejas!". Hoy, Fiscalía archiva el caso y no ve delito de odio. Entre los ponentes en charlas del colegio mayor: Marlaska, Abascal, Rocío Monasterio y Villacíspic.twitter.com/nXuOokTEFi
— Fonsi Loaiza (@FonsiLoaiza) April 5, 2023
En las imágenes se vio a un chico gritando insultos machistas y sexistas en un bloque de habitaciones con muchas ventanas de donde salen otros estudiantes siguiendo los insultos. Según el auto del archivo de la Fiscalía, las declaraciones vertidas y los hechos son " faltas de respeto e injuria a la mujer" y "afectan su dignidad individual o colectiva".
No obstante, para calificar como delito de odio en los términos del artículo 510.2 a) Código Penal, también deben tener una motivación discriminatoria específica que la investigación no encontró respaldada por hechos anteriores, presentes o posteriores.
La actuación investigada, a juicio de la Fiscalía, tampoco puede ser tipificada como un delito contra la integridad moral porque para que ello ocurra, uno de los destinatarios de las expresiones debe haberse sentido ofendido, y "no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia hayan denunciado los hecho".
No puede actuar la ley del 'solo sí es sí'
Señala la Fiscalía en el auto de archivo que dado que los hechos ocurrieron el 2 de octubre de 2022 no pueden ser considerados delitos en virtud del nuevo artículo 173.4 del Código Penal, introducido por la LO 10/ 2022 (Ley de 'solo el sí es sí'), posterior a los hechos.
Este artículo sanciona a quienes, sin cometer otros delitos más graves, se dirijan a otra persona mediante expresiones, acciones o proposiciones sexuales que objetivamente humillen, hostilicen o intimiden a la víctima. El Colegio Mayor Elías Ahuja actuó con rapidez ante los hechos, recuerda la fiscalía, y la situación ha tenido repercusiones fuera del ordenamiento jurídico.