Con la Campaña de la Renta de 2025 a punto de comenzar, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes sus datos fiscales para que puedan preparar la declaración del ejercicio 2024. Además, el organismo ha activado su simulador en la web oficial, una herramienta que permite anticipar el resultado de la declaración antes de su presentación.
Calendario de la Campaña de la Renta 2025
El periodo oficial para presentar la declaración de la Renta comenzará el 2 de abril y finalizará el 30 de junio de 2025. Como en años anteriores, la primera fase será exclusivamente online, permitiendo a los contribuyentes presentar sus declaraciones a través de la web de la Agencia Tributaria.
A partir del 6 de mayo, se abrirá la opción de confección de declaraciones por teléfono, previa solicitud de cita entre el 29 de abril y el 27 de junio. Para aquellos que prefieran asistencia presencial, la Agencia Tributaria atenderá en sus oficinas entre el 2 y el 30 de junio, con un plazo de solicitud de cita previa que comenzará el 29 de mayo y finalizará el 27 de junio.
Es importante recordar que las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria deberán presentarse antes del 25 de junio.
Pagos y sistema de rectificación
Una de las novedades más destacadas de esta campaña es la posibilidad de pagar la declaración a través de Bizum, una alternativa que se suma a las ya existentes: domiciliación bancaria, pago en cuenta con NRC o ingreso en una entidad bancaria.
Otra de las medidas implementadas por la Agencia Tributaria es la unificación del sistema de corrección de autoliquidaciones. A partir de ahora, los contribuyentes podrán rectificar errores o completar la información de sus declaraciones mediante un único procedimiento, sustituyendo así el sistema actual de declaraciones complementarias y solicitudes de rectificación.
Obligaciones y asistencia para colectivos específicos
Como en campañas anteriores, los trabajadores autónomos y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a presentar la declaración, independientemente de sus ingresos. Sin embargo, aquellos que hayan recibido prestaciones por desempleo no tendrán esta obligación en 2025, a pesar de que en un principio se había planteado lo contrario.
Además, se mantiene el plan de asistencia a personas mayores de 65 años en pequeños municipios, dentro del acuerdo entre la Agencia Tributaria y la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP). Este plan incluye atención telefónica y presencial para facilitar la presentación de la declaración a este colectivo.
Devoluciones y exenciones fiscales
Entre las modificaciones fiscales de este año, se encuentra la nueva tramitación de las devoluciones del IRPF a mutualistas jubilados, derivada de las sentencias del Tribunal Supremo. La Agencia Tributaria distribuirá estas devoluciones en cuatro años según la antigüedad del periodo impositivo, permitiendo en 2025 la solicitud del IRPF correspondiente a 2019 y años anteriores no prescritos.
Por otro lado, las ayudas concedidas a los damnificados por la DANA quedan exentas de tributación. Esto incluye tanto las ayudas por daños materiales (como la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros) como las destinadas a cubrir daños personales, desalojos y pérdidas en viviendas y locales comerciales.
Los autónomos que operan en zonas afectadas por la DANA podrán aplicar una reducción adicional del 25% en su rendimiento neto de módulos en el IRPF y en las cuotas del régimen simplificado de IVA. También se les permite renunciar excepcionalmente al régimen de módulos para tributar en estimación directa simplificada.
Con estos cambios, la Agencia Tributaria busca simplificar procesos, mejorar la asistencia a los contribuyentes y reforzar la seguridad jurídica en la presentación de la declaración de la Renta.