El estallido de la guerra entre Ucrania y Rusia está repercutiendo en las exportacions e importaciones de algunos productos, entre ellos del aceite de girasol. Así, en España, algunos supermercados han optado por limitar a los consumidores el número de unidades que pueden adquirir de este producto en cada compra.
Ante esta estrategia, Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a cinco cadenas de supermercados e hipermercados: Mercadona, Dia, MAS -la cadena andaluza del grupo IFA-, El Jamón e Hiperdino.
Facua ha comprobado que las cinco empresas han colocado mensajes en los que avisan a sus clientes de dicha limitación. "La venta de aceite de girasol se limita a tres unidades de un litro o una garrafa de 5 litros por cliente y día", advierten en Dia.
En Mercadona hay carteles que indican "Máximo 5 L por cliente", mientras que en MAS señalan "Limitamos la venta de aceite de girasol y semillas. Máximo 5 litros por cliente y día".
Por su parte, la también andaluza El Jamón señala que "la compra de este producto está limitada a 5 unidades de 1 litro por cliente y día", mientras que en la canaria Hiperdino puede leerse que "se limita la compra por cliente y día a un máximo de 1 ud. x 5 l o 2 uds. x el resto de formatos".
"Alza desproporcionada" de precios
Sobre el aceite de girasol Facua también ha advertíos que se está detectando en los últimos días un alza desproporcionado de los precios en diferentes cadenas de supermercados, ya que ha registrado importes de hasta 2,98 euros el litro en el establecimiento que vende el producto a mayor precio.
En ese sentido, la asociación recuerda que el artículo 9.2 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, establece que "los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen. En el caso de que, en un establecimiento abierto al público, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderá a la prioridad temporal en la solicitud".
Además, el artículo 63 de la citada ley recoge como labor de las administraciones públicas comprobar "el cumplimiento de lo dispuesto" en la legislación, para "cuyo fin podrán desarrollar las actuaciones inspectoras precisas" y podrán "sancionar las infracciones cometidas".
De esta forma, Facua insta a las diferentes autoridades de protección autonómicas que realicen las averiguaciones que sean oportunas en su ámbito territorial e inicien los correspondientes expedientes sancionadores.