El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó el pasado 13 de febrero a España a indemnizar con 50.000 euros a los terroristas de ETA, Martín Sarasola Yarzábal e Igor Portu, responsables del atentado de la Terminal 4 del Aeropuerto de Barajas (Madrid) que se cobró la vida de dos personas, por, según la sentencia, haber recibido "trato inhumano y degradante" tras su detención.
Llama la atención esta sentencia ya que, según publica La Razón, el que entonces era jefe de los citados etarras y de los "comandos", Garrikoitz Azpiazu, Txeroki, reconocía en unos documentos incautados en el momento de la detención que los autores del atentado habían mentido en sus denuncias contra la Guardia Civil. Todo ello, siguiendo un guión marcado por la propia ETA.
En concreto, decía Txeroki, que "lo relacionado con las torturas falsas sufridas por Igor en manos del enemigo está en buen camino". "Visto el resultado que estamos obteniendo y el daño que le causamos al enemigo, es muy importante que los militantes interioricen bien en la eskola -los cursillos de formación y adiestramiento que reciben los etarras- la importancia que tiene el tener preparada la cantada, igual que hace el talde de Igor", subrayaba.
Cabe destacar que la sentencia, en realidad, no afecta ni a los guardias que participaron en la detención ni al Estado, ya que el dinero deberá descontarse de las cantidades millonarias que ambos terroristasdeben en concepto de responsabilidad civil. Portu y Sarasola fueron condenados a 1040 años.
Según el testimonio de los detenidos, durante el viaje que les llevó al cuartel de Intxaurrondo fueron golpeados por miembros de la Guardia Civil, por lo que el juzgado número 1 de San Sebastián, tras una investigación, condenó a cuatro agentes por "delitos de torturas graves". Un año después, el Tribunal Supremo anuló esta sentencia alegando, entre otros factores, que las heridas se habían producido debido a la resistencia mostrada durante los arrestos, por parte de los terroristas que intentaron huir, y a que las acusaciones por tortura habían sido dictadas por la banda terrorista ETA, dentro de su modus operandi habitual de denuncias falsas.
La sentencia de Estrasburgo
Estrasburgo considera que Portu y Yarzábal sufrieron "daños morales" por un presunto caso de trato degradante por parte de cuatro agentes de la Guardia Civil. Según el tribunal europeo, las instituciones españolas cometieron un doble delito. Primero, en el aspecto material (por el propio maltrato) y segundo, procesal (por no investigarlo); tal y como ordena el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El auto del juez considera que el principal responsable fue el Estado y considera que las lesiones "están suficientemente demostradas, porque estaban en manos de la Guardia Civil y su existencia no ha sido negada ni por el Tribunal Supremo ni por el Gobierno". También se ha destacado que las lesiones que padeció la pareja de terroristas fueron malos tratos y no tortura, porque no tuvieron consecuencias a largo plazo, así como por la ausencia de pruebas concluyentes sobre el objetivo del trato inflingido.
Por ello, Igor Portu recibirá una indemnización de 30.000 euros y Martín Sarasola Yarzábal, otro montante de 20.000 euros. Ambos continúan cumpliendo condena en las prisiones de Córdoba y Jaén tras su detención el 6 de enero de 2008 por agentes de la lucha antiterrorista.