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El nuevo año 2024 va a traer consigo nuevas normas en cuanto a la circulación dentro de la ciudad de Madrid. A partir de este año, las restricciones en cuanto a los coches de gasolina o diésel aumentarán, llegando a afectar incluso a los residentes con vehículos antiguos.

Con el objetivo de clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética, la Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con dispositivos ambientales. Esto se llama Plan Nacional de Calidad del Aire, y consiste en calificar el nivel de contaminación que producen los vehículos y así reducir las emisiones medioambientales que pueden generar. Ciudades como Madrid y Barcelona han implantado sus Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) también gracias a la Ley 7/2021, de 20 de mayo.

A pesar de esto, existen una serie de vehículos que el Ayuntamiento de José Luis Martínez-Almeida permite entrar al centro de la ciudad con la condición de que estén estacionados en un parking. Pero esto cambiará a partir de 2024.

Cuáles serán los coches más afectados

Los vehículos que tendrán más complicado entrar en la capital serán los de la etiqueta 'B', es decir, los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados entre enero de 2001 y diciembre de 2005, y los diésel matriculados entre enero de 2006 y diciembre de 2015. Por otro lado, los vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto diésel como gasolina y que se hayan matriculado desde ese año también se verán afectados por esta medida.

Con esta medida, hasta el 31 de diciembre de 2024 los coches con clasificación A podrán acceder a estas zonas, pero deberán estar domiciliados en la ciudad de Madrid, además de figurar en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Consistorio.

Un año más tarde, es decir, a partir de 2025, la prohibición de circulación por el centro de la capital de extenderá a todos los vehículos sin etiqueta, incluidos los residentes de la ciudad. Ahora mismo, los coches con etiqueta B pueden acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, pero no aparcar dentro de ellas.

A partir de ese año, los vehículos anteriores no podrán acceder a Madrid 360, excepto si cumplen ciertas condiciones:

  • Vehículos adaptados para trasladar a personas con movilidad reducida.
  • Vehículos con una consideración de históricos conocida.
  • Vehículos de emergencias y de Fuerzas Armadas.

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