El juzgado de primera instancia número 36 de Madrid decretó el embargo del sueldo a Ivan Espinosa de los Monteros, portavoz parlamentario de VOX en el Congreso. La Justicia demanda que pague las deudas pendientes que no ha abonado al constructor de su chalé en Madrid. El diputado ha admitido que, si todavía no ha pagado la deuda, es porque desconoce dónde tiene que hacerlo.
"Acatar la sentencia implica abonar una cantidad. ¿Pero a quién?", asegura. El dirigente de VOX asegura en un largo hilo de Twitter que el 14 de diciembre quiso pagar la deuda. Para ello, fue a Hacienda y a la Seguridad Social debido a que la empresa a la que adeuda "cerró" dejando "pufos sin liquidar; entre ellos a Hacienda y la Seguridad Social".
Así, el diputado defiende que si todavía no ha pagado esa deuda, es porque no ha obtenido la respuesta a ese requerimiento. La cantidad que debe abonar es de 63.183 euros, más las costas judiciales y los intereses por la demora en el pago. En el hilo, confirma que recurrirá al embargo, pues "carece de fundamento jurídico". "El pago pendiente está avalado con mi casa. Así que lógicamente, la recurriré", concluye.
Viendo lo que publica el estercolero diario de la izquierda con dramáticos titulares, cualquiera diría que ha pasado algo gravísimo. Pero no. Como otras veces, no es más que un engañabobos para agitar a la masa progre tuitera. Se desmonta muy fácilmente. Vayamos por partes:
— Iván Espinosa de los Monteros (@ivanedlm) March 28, 2022
¿Cómo debe pagarse una deuda cuando se desconoce dónde ingresarlo?
La deuda debe ingresarse en la cuenta corriente de consignaciones del Juzgado cuando se desconoce dónde ingresar lo que se debe. De este modo, será el juzgado quien proceda a realizar el pago al adeudado. Espinosa de los Monteros dispone actualmente de cinco días para abonar lo que debe.
En 2016 ya fue condenado por la Justicia por eludir pagos de la contratación de las obras de la casa. Lo hizo con una sociedad a su nombre y la cerró decretando un concurso de acreedores. En 2018, la Justicia decretó que él debía asumir la deuda como administrador único de la sociedad (la cual se creó exclusivamente para la construcción de la vivienda).