La Audiencia de Las Palmas no ha dudado en su decisión y ha condenado a un joven de veinte años de edad a pasar los próximos diez años de su vida en prisión. La pena se debe a que el joven ha sido acusado de haber abusado sexualmente, y de forma continuada, de una niña de tan solo 12 años. En el juicio, él alegó que creía que la niña tenía 17 años; además, explicó que no había tenido ningún tipo de relación sexual con ella. No obstante, la víctima ha declarado algo totalmente diferente.
La niña ha explicado que estuvo saliendo con el joven durante el año 2016, cuando ella tenía tan solo 12. Al parecer, se conocieron a través de Instagram, y ella jamás ocultó su edad, sino que se la repitó en más de una ocasión. Además, explicó que había mantenido relaciones sexuales con él extorsionada, puesto que creía que si no accedía a tenerlas él acabaría dejándola.
Humillación, dominio y vejación
Como prueba se han aportado unos mensajes de WhatsApp que corroboran perfectamente lo que la chica ha contado en el juicio. En ellos, se ve cómo la madre de la menor le explicaba al joven que la diferencia de edad entre ellos era demasiado grande, y que esto suponía un gran problema. "Te recuerdo que no deja de tener doce años, y es mi responsabilidad", explicaba la progenitora, preocupada. Mas esta no ha sido la única prueba, sino que otros mensajes instantáneos corroboraban lo que la víctima aludía: que el joven la sometía a un "elevado nivel de humillación, dominio y vejación".
Por si esto fuera poco, ha habido pocas dudas respecto a la relación sexual que había entre ellos, puesto que los mensajes también evidenciaban esto. Pese a que el acusado ha tratado de negarlo, las pruebas han jugado totalmente en su contra, y el tribunal ha acabado fallando en su contra. La Audiencia de las Palmas no ha dado fiabilidad ninguna a la afirmación de que las relaciones fueran consentidas, ni tampoco al desconocimiento que el joven tenía sobre la edad de ella. Es por eso que Aldo M.P.R. ha sido condenado a diez años de prisión, siete años de libertad vigilada en el momento en el que abandone la cárcel, a mantenerse alejado de la joven durante quince años y a desempeñar cualquier tipo de trabajo que le ponga en contacto con menores en los siguientes trece años.