Un trabajador de la empresa Insular Canaria de Bebidas S.A. (Incabe), distribuidora de una conocida marca de cervezas en las Islas Canarias, ha sido despedido tras cometer una "falta muy grave". Dicho despido ha sido ejecutado por la empresa Adecco Outsourcing, que gestiona el servicio de distribución, como medida disciplinaria, según publica la Cadena SER.
El trabajador solicitó una botella de agua a su encargado, pero él se la negó porque "estaba con otra cosa urgente", a lo que añadió que "en cuanto pudiera le hacía el traspaso del agua". Se trata de un procedimiento en el que se registra en un ordenador qué botellas se retiran de la mercancía para entregarlas a los trabajadores.
Al pasar un tiempo sin tener noticias sobre la botella de agua ni la presencia del encargado, el trabajador se quejó al jefe de equipo y le recriminó que estaba "harto de la situación de tener que estar rogando agua". A ello, el jefe de equipo le respondió que tenía disponibles botellas de agua en otra nave y que, si no quería desplazarse, tenía que esperar a que el jefe de almacén acabara el turno de trabajo, es decir, diera a las botellas de agua "salida".
Este hecho llegó al trabajador a perder los nervios, momento en el que perdió los nervios y se dirigió al office, dando un portazo. Según consta en la carta de despido, desencajó la puerta, gritó, insultó y discutió con el jefe de almacén.
La empresa califica su actitud como una "falta muy grave" y considera que representa causa de despido disciplinario, motivo por el que debe perder su trabajo en plena ola de calor. Rosa García, abogada laboralista de UGT, explica a Cadena SER: "El hecho el incidente, el detonante de la carta de despido es que ha habido un conflicto derivado de que un trabajador ha pedido, reiterado y rogado, que le dieran agua. Y que la empresa sostenga que hay un protocolo para su concesión. El despido se produce tras no dar agua a un trabajador o por lo menos obstaculizar su acceso a la misma".
El agua, un derecho regulado
García recuerda que el Real Decreto 486/97, que establece disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo, regula el derecho al agua de los trabajadores. "Los lugares de trabajo dispondrán de agua potable en cantidad suficiente y fácilmente accesible", explica. La abogada recuerda que "las empresas tienen que cuidar la salud de las personas, no se puede continuar con este deterioro de las condiciones de trabajo".
Y ha señalado que las ofensas verbales no siempre son causa directa de despido: "Depende de su gravedad, ha matizado el Tribunal Supremo que las ofensas verbales hay que ponderarlas en función del grado de presión al que estaba sometida la persona trabajadora en el momento de proferir esas ofensas".