La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado rebajar la pena de 15 años de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a Ángel Boza, uno de los cinco condenados en el caso de 'La Manada', por la violación grupal de los Sanfermines de 2016.
Su defensa había solicitado que se redujese a 13 años y nueve meses en lo que estimaba una rebaja proporcional a cómo había bajado el mínimo imponible por los hechos delictivos conforme a la ley del 'solo sí es sí'. A esta revisión se habían opuesto tanto la Fiscalía como la abogada de la víctima.
En el auto, que puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, los magistrados sostienen que la pena de 15 años de prisión "resulta igualmente susceptible de imposición con arreglo a la nueva regulación de los delitos contra la libertad sexual".
Se trata del mismo criterio que ha impuesto la Fiscalía General del Estado, pero que ha sido ignorado por gran parte de los tribunales, que ya acumulan más de 400 rebajas de pena por su interpretación de la ley del 'solo sí es sí'.
Sentencia del Tribunal Supremo
En su resolución, la Audiencia recoge la fundamentación de la sentencia del Tribunal Supremo, que señaló que por el delito continuado de violación procedía imponer 15 años de prisión a cada acusado. Una pena muy próxima al mínimo legal y por tanto la misma "resulta proporcionada a las circunstancias personales de los acusados y a la gravedad del hecho".
"En efecto, los hechos son muy graves, y la actitud de los acusados posterior a los mismos que se describe en la sentencia aumenta la culpabilidad del injusto, o la antijuridicidad de su conducta, lo que justifica la imposición de una pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercana al mismo", concluía el Tribunal Supremo.