La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 151 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha acordado el sobreseimiento del caso conocido como 8-M después de no encontrar indicios suficientes de delito en la actuación del delegado del Gobierno, José Manuel Franco.
Rodríguez-Medel apreció que podría haber incurrido en un deltio de prevaricación administrativa por permitir el desarrollo de la manifestación en la semana previa a la activación del estado de alarma, cuando la Comunidad de Madrid aseguraba que el brote estaba controlado (un dato que cambió aquella madrugada y en lo que no pudo influir la marcha, porque hay un período de incubación de quince días).
De todas las diligencias, se concluye que José Manuel Franco no tuvo conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo para la salud de las personas que entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones.
La resolución también señala que el investigado "no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular y tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario".
En concreto, el escrito de la magistrada destaca que "ninguna persona física o jurídica, pública o privada, instó a que el delegado del Gobierno en Madrid prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones por razón del Covid-19".
"Con arreglo a la ley"
La decisión de la jueza Carmen Rodríguez-Medel se produce dos días después de la declaración de José Manuel Franco. En su comparecencia, destacó que había actuado en todo momento "con arreglo a la ley y a la información de los expertos sobre la evolución del coronavirus".
La Fiscalía ya había pedido previamente que se archivasen las diligencias contra Franco, al considerar que no debía dar permiso a las manifestaciones, solo tomar nota de la comunicación de que se iban a celebrar y que en la institución que dirige tampoco se contemplan las competencias en materia santiaria.
La decisión, sin embargo, admite recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, ya que la magistrada ha denegado el sobreseimiento libre solicitado por al Abogacía del Estado, que ejerce la defensa de José Manuel Franco en este procedimiento.