La campaña de la Renta 2017 comienza oficialmente el próximo día 4 de abril de 2018 y se alargará hasta el 27 de junio para casos en los que el rendimiento sea a ingresar con domiciliación en cuenta; o hasta el 2 de julio, fecha límite para los resultados a reembolsar.
Otras fechasque debes tener marcadas son las siguientes: el 4 de abril comienza la presentación del borrador de la renta 2017 y de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2017 exclusivamente por Internet. El 8 de mayo comienza el plazo para solicitar cita previa para una atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. El 10 de mayo es el día en la que empieza la atención en las oficinas, para todos aquellos contribuyentes que quieran acudir de forma presencial a entidades colaboradoras, oficinas de la AEAT y Comunidades Autónomas.
Como cada año, habrá personas que en estas fechas no corran mucha suerte. Para algunos contribuyentes la declaración les saldrá a devolver. En cambio habrá otros que tendrán que afrontar un desembolso para liquidar sus cuentas con la Administración. Si eres de los últimos (aunque los primeros también pueden beneficiarse) apunta esta serie de "trucos fiscales" que puedes adoptar para aprovechar todas las deducciones del impuesto:
1 Donaciones a entidades solidarias
La solidaridad tiene recompensa con Hacienda y es que las donaciones a fundaciones u ONGs constituyen una deducción tradicional en el Fisco, pues permite a los usuarios desgravarse una importante cantidad en la mayor parte de las regiones de España.
En la actualidad, los donativos deducen un 75% sobre los 150 euros de aportación solidaria, y un 30% para contribuciones posteriores que excedan dicha cuantía, un porcentaje que se puede incrementar hasta el 35% si se trata de aportes consecutivos que rebasen o igualen el pago precedente.
Resaltar también la desgravación por las cuotas de afiliación a sindicatos y partidos políticos, así como aportaciones económicas a los mismos, limitadas a un máximo de 600 euros. Esta deducción está tasada en un 20% en la mayoría de las comunidades autónomas.
2 Salario en especie
El salario en especie, es decir, la parte de la remuneración salarial consistente en la prestación por parte de la empresa al trabajador de determinados servicios o beneficios, que no forman parte del salario base, no tributa en el fisco, por lo que una manera de disfrutar de un alivio fiscal es cambiar retribuciones en metálico por salario en especie, como por ejemplo las tarjetas restaurante, seguros sanitarios, pagos por manutención e, incluso, la utilización de automóvil de empresa.
3 Planes de pensiones
Los planes de pensiones, que son un producto de inversión concebido para ahorrar dinero para completar la pensión de jubilación, suponen un incentivo fiscal. Tras la última reforma tributaria, las aportaciones con un límite de 8.000 euros se desgravan de la base imponible del Impuesto de la Renta, siempre que no exceda el 30% del rédito del trabajo. La hucha obtenida como resultado de la aplicación de este truco fiscal variará en función de los ingresos y de la comunidad autónoma.
4 Despidos improcedentes
La indemnización por despido se considera un rendimiento del trabajo,y por tanto deben tributar en el IRPF como un ingreso más del trabajador por el rendimiento dedicado a una empresa Sin embargo, la normativa del impuesto establece determinadas situaciones en las que las indemnizaciones estarán exentas de tributar y cuyo importe debe tener como límite la cuantía de 180.000 euros.
Se trata del caso particular de las indemnizaciones por despidos no pactados y no debidos a causas económicas o técnicas. Para que el cese sea considerado como improcedente y por consiguiente no tribute en el Impuesto de la Renta, el usuario deberá acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación y probar su real desvinculación con la compañía en cuestión.
5 Personal desplazado
Esas personas tienen su contrato laboral en España y, por lo tanto, su domicilio fiscal en territorio español, pero están libres de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por ello, los trabajadores desplazados en empresas establecidas en el extranjero están exentos de tributar en España, una ventaja fiscal condicionada por un límite máximo de 60.100 euros y por la obligación de pagar el impuesto correspondiente derivado de su rendimiento laboral en el país en que resida.
6 Ahorro de impuestos por vivienda
Si por ejemplo usted realizó una compra de un vivienda antes de 2013 estás de enhorabuena, ya que puedes desgravar por tu vivienda en la declaración de la renta a razón de un 15% de lo que aportaste sobre una base máxima de 9.040 euros al año. Esto hace que el ahorro fiscal máximo sea de 1.356 euros menos en el IRPF.
En caso de que hayas pagado menos de esos 9.040 euros por tu hipoteca y tu economía te lo permita, cubrir la diferencia te permitirá optimizar tu IRPF.
Respecto a los contribuyentes mayores de 65 años, estos no tendrán que rendir cuentas con Agencia Tributaria por el rendimiento monetario obtenido del traspaso de su casa. Asimismo, este sector poblacional podrá despojarse de otros bienes sin tener que tributar, siempre que la suma no supere los 240.000 euros y se destine a una renta vitalicia. Se trata de una exención aplicable a todo el territorio salvo Guipúzcoa y Navarra.
Por otra parte, si el usuario posee una vivienda para alquilar y quiere desgravar con el fisco, es recomendable arrendarla a personas físicas para uso permanente que convertirla en domicilio empresarial o vacacional.